1. Si
el total de la deuda pública del Ecuador estaba en diciembre del 2009 en 10.235
millones de dólares. (Vistazo 1199, del 3 de agosto del 2017, pág. 7, en base a
datos oficiales), y cálculos conservadores de ingresos durante el mandato del
gobierno del fascismo del siglo XXI se estiman en alrededor de 90 mil millones
sólo en petróleo, y de 180 mil millones de dólares en recaudación de impuestos,
no se puede comprender este manejo demencial de la economía ecuatoriana.
Recordábamos que, en su informe del 28 de julio del 2017, Lenin Moreno admitía,
en forme preliminar, que la deuda pública dejada por Correa estaría en USD
57.788 millones de dólares. Una veeduría de la deuda, formada por la
Contraloría, ubica que la deuda pública estaría en 67.750 millones de dólares
(el 67,7 % del Producto Interno Bruto), según Expreso, del sábado 17 de marzo/
2018, pág. 2. El presidente de la Cámara de Comercio de Quito, con fundadas
razones la ubica en 90.220 millones de dólares. (Radio Democracia, viernes 16
de marzo/ 2018).
2. Habíamos
expresado nuestra inquietud en como el monto de toda la deuda pública del país,
de diciembre del 2009 (los USD 10.235 millones), ahora es el equivalente a los
intereses y amortización de un solo año. Estamos persuadidos que nada es
casual; que se organizó el endeudamiento en base a agotar de manera previa,
planificada e intencional, todos los ahorros del país. En esta vorágine,
además, nadie dispone de precisión para señalar las cifras reales o definitivas
sobre los recursos de la Seguridad Social o de las llamadas ventas anticipadas
de petróleo que no eran otra cosa que créditos pagaderos con crudo y con altos
intereses.
CORREA MANEJÓ TODA LA DEUDA PÚBLICA
Para evitar que la ciudadanía, los órganos de
fiscalización, y hasta los propios legisladores conozcan con objetividad sobre
lo que pasaba en torno a la deuda pública, entre otros aspectos escandalosos,
se aprobó el “Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas”, publicado
en el segundo suplemento del Registro Oficial 306, del viernes 22 de octubre
del 2010, en cuyo Art. 138 determinaron que el Comité de Deuda y Financiamiento
estará conformado por “el Presidente de la República, o su delegado, quien lo
presidirá; el Ministro a cargo de las Finanzas o su delegado y el
Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo o su delegado”. A sabiendas
que el ministro de Finanzas y el secretario del SENPLADES lo designa el mismo
presidente. ¡Con este Código enviado a la Asamblea por el propio Correa, todo
el manejo de la deuda pública quedaba en sus mismas manos de manera exclusiva!
SECRETO SOBRE LA DOCUMENTACIÓN RELATIVA A
DEUDA
En el Art. 137 de este mismo “Código Orgánico de
Planificación y Finanzas Públicas”, que permite el endeudamiento público
interno y externo, se estableció que “para coadyuvar a los señalados propósitos
tales contrataciones estarán exceptuados del trámite previsto en la Ley
Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública”, así como indica, en el
segundo inciso, que “los respectivos actos, contratos, convenios o
documentación serán declarados secretos y reservados (…) hasta que culmine la
operación respectiva. Inmediatamente después toda la información será
publicada.”
No obstante esta expresa regulación, la misma no se
cumple, y miembros de la veeduría creada por la Contraloría indican que el
gobierno de Correa determinó mediante regulaciones secundarias, violando lo que
dice esta norma, que solo se informará cuando ya se hubiese pagado cada
crédito.
LEYES PARA ENTREGAR BIENES PÚBLICOS COMO
GARANTÍAS DE DEUDA
Ante la eventualidad de no poder disponer de dinero, como
sucedería por ejemplo si no tenemos recursos para pagar la deuda pública, ya
están aprobadas varias leyes para transferir bienes nacionales a empresas
públicas y privadas extranjeras. Demostrémoslo con una argumentación que ya
antes la utilizamos:
LEY PARA ENTREGAR LAS CENTRALES HIDROELÉCTRICAS
1. Según
la “Ley Orgánica del Servicio Público
de Energía Eléctrica”, publicada en el tercer suplemento del Registro
Oficial Nro. 418, del 16 de enero del 2015, en su Art. 24,
tercer inciso, se permite en forma expresa la entrega o autoriza que “las
actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización, importación
y exportación de energía eléctrica, y servicio de alumbrado público general” puedan
ser asumidas por “empresas estatales de los Estados de la comunidad
internacional”.
2. ¡Es
decir que, por ley ya aprobada y vigente desde enero del 2016, todas las
centrales hidroeléctricas, sin excepción, las nuevas y las antiguas (Coca Codo
Sinclair, Paute, Agoyán, Sopladora, San Francisco, Delsitanisagua,
Toachi-Pilatón, Mandariacu, Quijos, Mazar Dudas, o cualquier otra), pueden ir a
manos de cualquier empresa “de la comunidad internacional”, esto es de
cualquiera de los 193 países de las Naciones Unidas, o de las 213 que forman
parte de la FIFA! ¡Así lo decidió Correa y lo acató la Asamblea sumisa de
MAYORÍA VENDEPATRIA!
3. ¡La
norma siguiente, el Art. 25 de esta misma ley, permite DELEGAR estos mismos
bienes públicos a “empresas de capital privado”, pues se autoriza, por
intermedio del Ministerio de Electricidad y Energía Renovable, la participación
en las actividades del sector eléctrico! ¡Usan el verbo DELEGAR, de modo
intencional, que es sinónimo de VENDER!
4. Omiten
explicar que según el Art. 43 de la Ley de Modernización del Estado (ver
Registro Oficial 349, del viernes 31 de diciembre de 1993), DELEGAR ES SINÓNIMO
DE VENDER, como consta en su Art. 43, literal ch, de esta ley. ¡En este caso,
además, según lo advierte el penúltimo inciso de este Art. 25, para estas
transferencias se exceptúan “los procesos públicos de selección”! ¡Es decir se
entregarán a dedo! ¡A quien determine la voluntad omnímoda del emperador de
turno! ¿Quién defiende el patrimonio social y nacional?
LEY PARA ENTREGAR LAS TELECOMUNICACIONES
1. En
el caso de las telecomunicaciones también se puede hacer lo mismo, es decir
transferirlas a favor de corporaciones foráneas o acreedores, pues la “Ley
Orgánica de Telecomunicaciones”, publicada en el tercer suplemento del
Registro Oficial Nro. 439 del 18 de febrero del 2015, en su Art. 15,
literal b, permite que las empresas públicas estatales de cualquier
parte del mundo puedan recibirlas mediante DELEGACIÓN (que en el Derecho
Público del Ecuador es sinónimo de VENTA) “el uso o explotación del espectro
radioeléctrico o para la prestación de servicios públicos de
telecomunicaciones, PODRÁ HACERSE EL FORMA DIRECTA”. La regulación para el caso
de la iniciativa privada consta en el literal c del Art. 15 de esta misma Ley y
que regula los casos de DELEGACIÓN. ¿Es que tiene lógica disponer de leyes
vigentes para entregar los principales y más rentables servicios del país a
empresas extranjeras públicas o privadas? ¿Al gobierno de Lenin Moreno y
aliados políticos les interesa o conviene la vigencia de estas regulaciones
correístas?
2. El
presidente socialista Salvador Allende recuperó para Chile no solo las minas de
cobre, sino las telecomunicaciones. Éste negocio suculento estaba en manos de
la International Telephone and Telegraph, ITT, y lo nacionalizó el 22 de
septiembre de 1972. ¡El presidente Correa es su antítesis: todas las minas y
las telecomunicaciones del Ecuador están destinadas a manos de las
corporaciones extranjeras! ¡La realidad es el más poderoso argumento! ¡Los que
cuidan el patrimonio nacional de su país son patriotas, y los que venden y
dilapidan unos vulgares mercenarios apátridas!
LEY PARA ENTREGAR LA TIERRA RURAL DEL ECUADOR
1. Rafael
Correa y sus huestes apátridas también aprobaron la “Ley Orgánica de Tierras
Rurales y Territorios Ancestrales”, publicada en el Suplemento del Registro
Oficial 711, del lunes 14 de marzo del 2016, la que, con expresas enmiendas del
propio Correa, que constan en
el Oficio Nro. T.7131-SGJ-16-85, del 5 de febrero del 2016, aprobó la
Asamblea Nacional. En su Art. 20, dice: “Las empresas públicas
extranjeras (…) podrán adquirir, arrendar o tomar en
usufructo, tierras rurales en el territorio nacional para proyectos de
producción agraria previa autorización de la Autoridad Agraria Nacional”.
El Art. 32 de esta misma Ley precisa que “La Autoridad Agraria Nacional será
el ministerio del ramo”. Instancia que depende del propio Ejecutivo.
2. El
tercer inciso de este mismo Art. 20, establece: “Las compañías extranjeras
privadas podrán participar de manera directa o en asocio (…) en
proyectos agrarios.” ¡De este modo quedan abiertas las puertas para la
entrega de tierras rurales como garantía de deuda pública por ejemplo! O para
vender tierras rurales a compañías monopolistas de productos transgénicos como
la Monsanto. El Art. 111 de esta misma ley, que regula la “Concentración de la
tierra rural” no pone límites al tamaño del latifundio. ¡Sólo un odiador
incurable de nuestro país podría haber impulsado estos cuerpos jurídicos para
favorecer a las multinacionales! ¡Correa ha sido siempre un Caballo de Troya
del capital corporativo mundial y alfil de los globalizadores! ¡Los hechos
hablan de manera irrefutable!
3. Cabe destacar que la tierra rural del Ecuador existe en
las cuatro regiones del país: Costa, Sierra, Amazonía y Galápagos. ¡Todas estas leyes vendepatrias las aprobaron dando
cínicos discursos de proteger la “soberanía nacional”! ¡En política nadie da
puntada sin pespunte! ¡Toda ley tiene un destinatario! ¡En vez de legisladores
del Ecuador deberían ser reconocidos como lo que son: auténticos comisionados y
amanuenses de las corporaciones extranjeras!
¿Para qué buscan que la vigencia de estas leyes continúe?
¿Los bienes públicos son garantías de nuevos créditos y ya disponen de las
leyes listas para el objetivo de desnacionalizar el Ecuador y depredar su
riqueza? ¿Estamos pasando del correísmo con Correa, al correísmo (con todas sus
leyes intactas) sin Correa?
¡En Grecia sus acreedores se llevaron el patrimonio
social y nacional como parte del pago de la deuda pública luego de aceptar como
garantías de nuevos e incesantes préstamos! ¿Vamos por idéntico camino? ¡Estas
leyes son parte del proceso globalizador del Nuevo Orden Mundial de las
multinacionales! ¡Ecuatorianos abramos los ojos y estemos alertas y vigilantes
respecto a los intereses nacionales y sobrevivencia misma de nuestra Patria!
¡LA PATRIA NI SE VENDE NI SE RINDE!
¡LA PATRIA CON EL ALMA SE DEFIENDE!
¡VIVA EL ECUADOR LIBRE Y ETERNO!
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