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viernes, 21 de septiembre de 2018

DECISION DEL CPCCS-T: ¿ES RESOLUCION PLANIFICADA?

“El Pleno del Consejo de Participación Ciudadana de transición (CPCCS-t) aprobó por UNANIMIDAD una resolución en la que ordena a los vocales encargados del Consejo de la Judicatura que no evalúen a la Función Judicial, particularmente a la Corte Nacional de Justicia.” LA HORA, JUEVES 20 DE ABRIL DEL 2018.

¿No deberían analizarse y revisarse las sentencias del supuesto e inexistente golpe de Estado del 30-S, que produjo cientos de presos por parte de 115 jueces y 65 fiscales? ¡Nunca hubo golpe de Estado ni intento de magnicidio! ¡Han pasado ocho años y todavía no saben quien es el golpista!

¿No se analizarán las sentencias infames contra los jóvenes del Mejía, Montúfar, Central Técnico, de los diez de Luluncoto, ambientalistas y defensores del agua, de los cientos de dirigentes populares e indígenas de la persecución correísta?

¿No se fiscalizarán las resoluciones prevaricadoras emitidas contra diario El Universo para el pago de cuarenta millones de dólares (con la sentencia llevada redactada para el juez Paredes), de varios millones de dólares en contra de los autores de El Gran Hermano, Juan Carlos Calderón y Cristian Zurita, o de las infames resoluciones judiciales en contra de Fernando Villavicencio, Cléver Jiménez, Galo Lara, Carlos Figueroa, Mery Zamora, y de tantos otros ciudadanos? ¿No se alegrará Correa con una medida que favorece y protege a sus alfiles en la función judicial, a determinados jueces y fiscales tan eficientes para la persecución y esmerados en servirle en los atropellos y represión inaudita e insoportable?

¡LA PATRIA NI SE VENDE NI SE RINDE!
¡LA PATRIA CON EL ALMA SE DEFIENDE!
¡VIVA EL ECUADOR LIBRE Y ETERNO!
Septiembre del 2018.

jueves, 20 de septiembre de 2018

¡INCREIBLE! ¿NO SE EVALUARÁ SENTENCIAS DE LOS JUECES CORREÍSTAS?


¡NO SE EVALUARÁ SENTENCIAS DE LOS JUECES!

1. La consulta popular del 4 de febrero del 2018, se dijo que era para descorreízar al país y sobre todo la Administración de Justicia por los terribles atropellos que se habían producido en ese período dictatorial. No obstante, informa toda la prensa del país: POR UNANIMIDAD, el Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Transitorio aprobó una resolución que prohíbe la evaluación de cualquier funcionario judicial, incluyendo a los 21 jueces y 21 conjueces de la Corte Nacional.” (Últimas Noticias, jueves 20 de septiembre del 2018, pág. 8.)

2. Diario La Hora informa en su primera página, edición del jueves 20 de septiembre del 2018 lo siguiente: “JAQUE A LA JUDICATURA. El Pleno del Consejo de Participación Ciudadana de transición (CPCCS-t) aprobó por unanimidad una resolución en la que ordena a los vocales encargados del Consejo de la Judicatura que no evalúen a la Función Judicial, particularmente a la Corte Nacional de Justicia.” Esta petición de NO analizar los contenidos de las sentencias emitidas durante el correísmo era exactamente lo que solicitaba el pleno de la Corte Nacional, según exposición de la presidenta de dicho organismo, doctora Paulina Aguirre. (Expreso, martes 18 de septiembre del 2018, pág. 3.)

3. Prosigue diario La Hora: “La decisión deja prácticamente sin margen de acción en este tema a la Judicatura (de transición), ya que la resolución también dispone que no ejerza las facultades previstas en el numeral 3 del artículo 181 de la Constitución, que establece la potestad de “dirigir los procesos de selección de jueces y demás servidores de la Función Judicial, así como su evaluación, ascensos y sanciones …” Todo lo pendiente lo realizará el nuevo y definitivo Consejo de la Judicatura, que se nombraría en los próximos diez días.

¿QUIENES SERÁN PARTE DEL NUEVO CONSEJO DE LA JUDICATURA?

Para designar al nuevo Consejo de la Judicatura se necesitan cinco vocales, del siguiente origen:
1. Del Ejecutivo, por terna.
2. De la Asamblea, por terna, donde existen 74 de los 137 elegidos por Alianza País, que se juntan siempre (entre morenistas y correístas), como por ejemplo para que no sea enjuiciado políticamente el vicepresidente Jorge Glas, el ex presidente del Consejo de la Judicatura Gustavo Jalkh, o Augusto Espinosa, ministro de Educción de Correa, entre otros.
3. De la Corte Nacional, producto del concurso dirigido por Gustavo Jalkh, quien lo presidirá.
4. De la terna de la Fiscalía, cuyas autoridades fueron designadas en el período del ex Fiscal Galo Chiriboga Zambrano.
5. De la terna se la Defensoría Pública.
¿Alguien duda quién dispondrá de la mayoría en este Consejo de la Judicatura definitivo? ¡Las Cortes del correísmo no serán molestadas!

¿NO REVISAR EL CONTENIDO DE LAS SENTENCIAS?

Durante el correísmo se llevaron a cabo, sobre todo en materia penal, injusticias monumentales. Si se obstruye el análisis y evaluación de los contenidos, nadie será molestado por las sentencias derivadas de un golpe de Estado que jamás existió como fue el 30 de septiembre del 2010, cuando se mandó a la cárcel a cientos de compatriotas por la subordinación a la mitomanía de Correa de parte de 115 jueces y 65 fiscales. (El Comercio, jueves 20 de septiembre del 2018, pág. 1 y 6.). ¡Nunca hubo golpe de Estado ni intento de magnicidio! ¡Han pasado ocho años y todavía no saben quien es el golpista!

¿No se revisarán ni analizarán las sentencias infames contra los jóvenes del Mejía, del Montúfar, del Central Técnico, de los diez de Luluncoto, de los ambientalistas y defensores del agua, de los cientos de dirigentes populares e indígenas de la persecución correísta?

¿No se fiscalizarán ni evaluarán las resoluciones prevaricadoras emitidas contra diario El Universo para el pago de cuarenta millones de dólares (con la sentencia llevada redactada para el juez Paredes), de varios millones de dólares en contra de los autores de El Gran Hermano, Juan Carlos Calderón, Cristian Zurita, o de las infames resoluciones judiciales en contra de Fernando Villavicencio, Cléver Jiménez, Galo Lara, Carlos Figueroa y de tántos otros ciudadanos? ¿No se alegrará Correa con una medida que favorece y protege a sus alfiles en la función judicial, a determinados jueces y fiscales tan eficientes para la persecución y esmerados en servirle en los atropellos y represión inaudita e insoportable?

¿NO PODRÍAN ESTOS MISMOS JUECES TRAMITAR ACCIONES DE PROTECCIÓN PARA DECLARAR NULO TODO LO ACTUADO POR EL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL TRANSITORIO?

¿No resulta todo lo actuado una tomadura de pelo al pueblo ecuatoriano?

¡LA PATRIA NI SE VENDE NI SE RINDE!
¡LA PATRIA CON EL ALMA SE DEFIENDE!
¡VIVA EL ECUADOR LIBRE Y ETERNO!

Septiembre del 2018.

lunes, 17 de septiembre de 2018

ECUADOR: MEDIDAS ELECTORALES IMPRESCINDIBLES

¿SOMOS VEINTE MILLONES DE ECUATORIANOS?

1. El jueves 13 de septiembre del 2018, concurrieron al Consejo Nacional Electoral, CNE, miembros del Frente de Defensa Nacional, sobre todo técnicos de su equipo de asesores para evidenciar en forma documentada, como en efecto sucedió, la manera en que se manejaron los nada transparentes procesos electorales del período del fascismo del siglo XXI o correísmo. Asistieron por el CNE el MSc José Cabrera Zurita, vocal de este organismo, y el personal más calificado del sistema informático de la misma entidad.

2. En medio del diálogo los funcionarios del CNE informaron que estaban trabajando en la elaboración del Padrón o Registro Electoral, y que para ello contaban con los datos que les facilitó el Registro Civil, y que - ¡asombrémonos todos! - en los que estaban alrededor de VEINTE MILLONES DE PERSONAS. Es decir, la información que facilitaba el Registro Civil al CNE no estaba depurada y contenía cuando menos TRES MILLONES DE HABITANTES EN EXCESO, posiblemente difuntos de varios lustros o décadas, respecto al verdadero número de ecuatorianos. ¡En años anteriores, los procesos electorales, con estos procedimientos, de manera premeditada, se manejaron con la complicidad jubilosa de Alianza País!

3. Según el Instituto Ecuatoriano de Estadísticas y Censos, INEC, la entidad más calificada del país en cifras demográficas, el número total de ecuatorianos todavía no llega a los 17 millones de personas. ¿Cómo es posible entonces que se trabaje sobre un listado inflado y no depurado de alrededor de TRES MILLONES de personas en exceso, que se supone podrían ser los fallecidos de muchos años? ¡Resulta incomprensible que se tome como base, una vez más, la información deliberadamente inflada del Registro Civil, lo que exactamente sucedió en época del correísmo! Los miembros del CNE transitorio deberían manejar los datos y documentos del INEC para, comparando cifras objetivas, no ser engañados.

SE HA VIOLADO EL CÓDIGO DE LA DEMOCRACIA

4. El Art. 25 de la Ley Orgánica Electoral o Código de la Democracia, entre las funciones del CNE, en su numeral 15, ordena: “Organizar y elaborar el registro electoral en el país y en el exterior, en coordinación con las entidades públicas pertinentes.” ¡Nótese el uso del plural! NO dice que se tomará en cuenta solo la información del Registro Civil. Pero acontece que, en los procesos electorales, nunca utilizan los datos del INEC, que son los más fiables, pues con ellos incluso se distribuyen los fondos fiscales los Gobiernos Autónomos Descentralizados, y con sus cifras y proyecciones se planifica en el sector público, todo lo relacionado a la vivienda, educación, salud, Banco Central, IESS y otras entidades fiscales.

5. ¿Por qué utilizó siempre el CNE de Alianza País solo los datos del Registro Civil cuya información de la población nacional no está actualizada ni depurada? ¡Porque a mayor número de “habitantes” mayor número de “electores”! El truco que ha existido es clarísimo. Demos un ejemplo: En el proceso electoral del 2017, según el INEC estaban habilitados 11´118.306 mayores de 16 años; pero, según el CNE de entonces, dirigido por Juan Pablo Pozo, los mayores de 16 años llegaban a los 12´735.792. La diferencia de sufragantes era de 1´617.486 electorales adicionales o fantasmas.

LA TRAMPA AL DESCUBIERTO

6. Pero la TRAMPA es fácil de detectar. Resulta que, al tenor del último censo, del 28 de noviembre del 2010, y de las proyecciones del INEC para los años subsiguientes, los mayores de 16 años representan el 65,58 por ciento de la población total del país. Pues bien, si los mayores de 16 años eran, según el CNE de entonces, los 12´735.792 registrados, aquello implicaba que el total de ecuatorianos llegaba a los 19,42 millones de personas, lo que es absolutamente falso. ¡LA POBLACIÓN NACIONAL ESTÁ INFLADA EN TRES MILLONES DE PERSONAS! ¡Los 1´617.486 electores fantasmas representan el 14,55 % del total de sufragantes! ¡Con ese porcentaje un candidato que solo disponga del 26% de votos, si se le suman todos los votantes fantasmas, ese 14,55%, superaría el 40% del electorado!

POSEEN LAS FIRMAS DE TODOS LOS ECUATORIANOS

7. Alguien podría decir que en los padrones o registros electorales inflados simplemente los electores fantasmas o difuntos no concurrirían a sufragar y por lo tanto no habrían las firmas, y que no habría motivo para preocuparse; pero eso no es así. En octubre del año 2010, el Registro Civil, a petición de Rafael Correa, cuando era su director el ingeniero en alimentos Paulo Rodríguez Molina, se convocó al concurso o licitación “R-LIC-DGRCIC-001-2010”, con el que la empresa CONTROSA (Digital Team) escaneó, copió o computarizó todas las firmas, rúbricas y huellas dactilares de todos los ecuatorianos inscritos o cedulados en el Registro Civil desde inicios del siglo veinte.

8. De este modo, el Registro Civil, el CNE, y es posible que hasta el correísmo, disponen del “banco de firmas” o copias de todas las firmas y rúbricas de todos los ecuatorianos actuales, así como de los padres, abuelos, bisabuelos, tatarabuelos y otros ancestros de la actual generación. Allí están todas las firmas de varias generaciones. En total son 96 millones de documentos digitalizados. (El Universo, martes 1 de marzo del 2011, pág. 1, sección Gran Guayaquil.) De tal modo que existen y disponen de las firmas de todos los ciudadanos que se registraron en esta entidad desde 1901. Por eso aparecieron en los padrones del 2013, en un pequeño muestreo, más de doce mil personas con 100 a 150 años. ¡Puede que hubiesen fallecido hace décadas, pero sus firmas estuvieron en el padrón del 2013, cuando en forma supuesta “obtuvo” Alianza País los 100 de los 137 escaños y habría sido “reelegido” Correa! ¡Para eso precisamente digitalizaron todas las firmas con sus rúbricas y huellas dactilares! ¡Para utilizarlas cuando les interese y favorezca, mientras la población nacional anda despistada y nada sabe al respecto! Con las copias de las firmas podrían llenar un padrón inflado con millones de votantes fantasmas, cualquier día, y colocar las firmas con la tinta que les plazca, sea con rosado, verde flex, lila, azul, rojo, negro o gris; todo está en sus manos. Por eso debe determinarse quienes poseen los “bancos de firmas” y, si es posible, donde andan las copias obtenidas para usos múltiples, como serviría por ejemplo para la “legalización” de partidos y movimientos.

SIN FRAUDE ELECTORAL NO HAY SAQUEO FÁCIL:
LA GLOBALIZACIÓN AVANZA IMPARABLE

9. Con esos 100 legisladores (de las 137 curules posibles), supuestamente “elegidos” el 17 de febrero del 2013, aprobaron leyes antinacionales, para transferir el patrimonio público a las corporaciones extranjeras y reprimir ferozmente a la población nacional. Fue un procedimiento absolutamente similar al adoptado con los supuestos resultados electorales del día el 26 de abril del 2009, y también análogo a lo realizado el 19 de febrero del 2017, cuando para garantizarse impunidad dicen haber obtenido los 74 de los 137 puestos de la Asamblea Nacional. Los procedimientos electorales turbios permitían y viabilizan poseer amplias mayorías fraguadas en forma fraudulenta. Con esas mayorías parlamentarias, producto del irrespeto absoluto a la voluntad del pueblo en las urnas, se aprobaron en forma sistemática las leyes que permitían llevarse el patrimonio social y nacional, sobre todo los recursos naturales más valiosos del país a favor de las multinacionales; incluso llevarse los fondos del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social para destinarlo al pago de cuotas de deuda pública. Los círculos financieros más poderosos del planeta, dueños de las más grandes corporaciones, en un proceso de globalización imparable, se van apoderando en forma progresiva de la riqueza de los países, uno tras otro.

10. Cabe recordar que para garantizarse la aprobación completa de las propuestas entreguistas de los proyectos de ley a favor de las multinacionales, determinaron con antelación que éstas pueden aprobarse -en forma íntegra- con una sola moción, sin necesidad de leer su contenido ni discutir cada artículo, conforme lo permite el Art. 61 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, LOFL, que en su sexto inciso dice: “Se podrá mocionar la aprobación del texto íntegro de la ley.” Esta ley se aprobó con la debida y “oportuna antelación”, con evidente intencionalidad; se la publicó en el suplemento del Registro Oficial 642, del lunes 27 de julio del 2009. De este modo, no hace falta que los supuestos “legisladores” electos sepan nada en materia jurídica; solo requieren docilidad y agacharse, cuando les ordenen, para aplastar el botón y aprobar el texto íntegro de la ley que permitirá el festín del patrimonio social y nacional de nuestra Patria.

11. Todas estas leyes antinacionales y las “enmiendas” inconstitucionales del 3 de diciembre del 2015, jamás se hubiesen aprobado sin una mayoría legislativa obtenida con procedimientos electorales fraudulentos, en forma idéntica y calcada a como antes ya lo hicieron en otros países, como por ejemplo en México, para el control certero y absoluto de los poderes ejecutivo y legislativo, todo ello como parte de la política globalizadora o del régimen pro fascista del Nuevo Orden Mundial donde van aplicando sus políticas con leyes análogas de un país tras otro. Fue así como procedieron en 1988 para llevarle al poder a Carlos Salinas de Gortari, y su mayoría legislativa, cuando cometieron un fraude escandaloso e incomparable. Lo mismo hicieron en 1994 con Ernesto Zedillo y su mayoría parlamentaria. Idéntica trampa sucedió en el 2000 para “elegir” al gerente de la Pepsi Cola Vicente Fox Quezada y asegurar su mayoría parlamentaria. Lo mismo hicieron en el 2006 para llevarle al poder a Felipe Calderón Hinojosa, y en el 2012 al lector de discursos preparados por los mismos globalizadores, Enrique Peña Nieto. Sin fraudes electorales no hay gobiernos traidores ni mayorías legislativas sirvientes de la misma calaña, a las que encargan aprobar las leyes que desean las multinacionales, grandes promotoras y beneficiarias de estos fraudes electorales que se multiplican en muchos países y continentes.

EL ENIGMA MAYOR

12. Como si los aspectos anteriormente descritos no fuesen suficiente para asegurarse el resultado electoral que deseen, el TRUCO MAYOR, el ARDID INSUPERABLE, y garantía reforzada para todos los saqueos y actos de bandidaje, está en el sistema informático, en lo que se denomina CÓDIGO FUENTE y su programación, para determinar si ha sido pre programado para conseguir un resultado violatorio de la voluntad popular. Por ello los políticos de la globalización, Correa y los miembros de Alianza País, nunca han dejado realizar una AUDITORÍA DEL SISTEMA con peritos informáticos muy calificados, de dentro o fuera del país, con la determinación de que empresa hizo el sistema y con qué parámetros y si existe ACCESO A LOS PUERTOS informáticos desde donde se pueda manipular los resultados, incluso desde sitios ajenos a los espacios físicos y equipos electrónicos del CNE.

13. Tan complejos y difíciles de detectar y desarticular son estos mecanismos, que, ante su verdadera imposibilidad, países como Alemania, Holanda o Islandia no lo aceptan. Incluso en la Comunidad Económica Europea se hacen reparos generalizados porque es fácil detectar el voto emitido por cada ciudadano con los procedimientos que se están utilizando, como supuesta novedad innovadora, en varios países de América Latina. Aquello constituye un atentado al derecho a la intimidad. Estos sistemas son tan vulnerables que ahora mismo existe un escándalo mayúsculo sobre la manipulación e interferencia electrónica rusa para determinar el triunfo de Donald Trump en los Estados Unidos. En decenas de países existen similares escándalos. Ni el Pentágono está a salvo de los poderes invasivos de los hackers. Más aún cuando está de por medio la capacidad de llevarse el petróleo, las minas, las tierras, los puertos, los servicios básicos y el patrimonio social y nacional pleno de un pueblo como el ecuatoriano. ¡Invierten el equivalente a un grano de arena para llevarse una playa fabulosa!

¿EL ACTUAL CNE DEBE CONCLUIR SUS TAREAS PENDIENTES?

14. Quizá lo más razonable es que el actual Consejo Nacional Electoral transitorio, partiendo de la confianza social que dispone, pueda atender todas las inquietudes ciudadanas, de las organizaciones sociales y políticas, para que elabore un padrón electoral confiable e investigue a profundidad todas las irregularidades denunciadas con pruebas de los procesos electorales anteriores. Hay muchas tareas que no deben quedar sin atención. Si este organismo no actúa AHORA, con espíritu patriótico y cívico, en una línea ética infranqueable, resultará muy difícil que se indague a futuro lo que ha sucedido en nuestro país en los últimos procesos electorales. A futuro se pretenderá ocultar hasta el último vestigio de las trampas sucesivas. Si en este momento no se accede a la verdad de los reiterados procesos electorales fraudulentos, es posible que se bloquee toda pista para siempre. Al CNE transitorio se le debe conceder el tiempo suficiente y los medios materiales indispensables para el cumplimiento de sus tareas, más aún cuando se hacen muchos y graves reparos a la selección en marcha del nuevo CNE. Sería muy lamentable que quede en la ciudadanía la imagen real que se nombró un CNE de transición solo porque antes no existió algún acuerdo político para su conformación, y se trataba de ganar tiempo hasta que se concrete un eventual entendimiento. El actual CNE debería quedarse cuando menos hasta concluir la designación de autoridades seccionales en el 2019. Es un aspecto de sentido común. Pero si el CNE transitorio se acobarda y no cumple las expectativas patrióticas sería un motivo lamentable de frustración social y cívica.

15. Para no ir más lejos, recordemos que en el 2009 Alianza País “ganó” con un centro clandestino y paralelo de digitalización provisto de 221 computadoras y operadores de Digital Team, ubicadas en el local del antiguo supermercado “Santa Isabel”, en la Garzota, en la avenida Agustín Freile Potes, al norte de Guayaquil, descubierto el viernes 8 de mayo del 2009, solo doce días después de las elecciones del 26 de abril del mismo año, y una diferencia detectada de 898.552 votantes fantasmas. En el 2013 se infló el padrón en 1´139.363 votantes fantasmas pues según el INEC habían 10´254.794 mayores de 16 años, en tanto el CNE con las cifras chimbas del Registro Civil dijeron que para este proceso eran 11´389.688 los capacitados para sufragar. En el 2017, como lo anotamos, la diferencia fue de 1´617.486 sufragantes fantasmas, equivalentes al 14,55% del total de padrón electoral.

16. Mucha gente no repara y desconoce que el control total del Estado, específicamente de la función ejecutiva y legislativa, de la capacidad de dictar las leyes para todo el país, depende del proceso electoral. Allí muchos de los ciudadanos elegidos en las urnas, y que gozan del respaldo político y moral de la población, son excluidos en forma tramposa, escandalosa y fraudulenta. Y al revés. Quienes no tienen ninguna confianza ciudadana son proclamados como elegidos. No es ninguna casualidad que los organismos electorales son tan o más disputados como lo pueden ser las cortes de Justicia o cualquier entidad trascendental. ¡Allí se decide el destino mismo de toda la sociedad, de su patrimonio y organización, de la atención real en la educación, salud, posibilidades laborales, y el futuro y derrotero de ésta y de las nuevas generaciones!

PROPUESTA ALTERNATIVA Y CONFIABLE
CONTRA LOS FRAUDES ELECTORALES

17. El Movimiento “ECUADOR LIBRE Y ETERNO” plantea al pueblo ecuatoriano superar los mecanismos electrónicos dolosos impulsados en forma planificada para obtener gobiernos antinacionales y mayorías legislativas de amanuenses esmerados y serviles de las multinacionales, encaramados sobre las espaldas del pueblo irredento con un escandaloso origen electoral embustero, para que aprueben de manera sumisa políticas y leyes que favorecen a las grandes corporaciones extranjeras en desmedro de los sagrados intereses de nuestros pueblos. Sin mayorías fraudulentas no hubiese leyes para organizar la delincuencia colosal desde el poder, normas para la impunidad y encubrimiento del robo. Con esas mayorías fraudulentas hacen cuerpos jurídicos para el saqueo del patrimonio social y nacional, así como para la represión de los humiles y el despojo de derechos irrenunciables de nuestras colectividades.

18. Proponemos establecer, para frenar tanta picardía planificada, en el llamado Código de la Democracia, o Ley Orgánica Electoral, un artículo que diga “En todo proceso electoral o de consulta popular la única forma válida de contabilizar la expresión de la votación popular será realizada a través de las papeletas, las mismas que se guardarán durante un lapso mínimo de 30 días para atender cualquier reclamo legalmente justificado y deberán tener en el reverso de cada uno de los sufragios las firmas del presidente y secretario de la Junta Electoral. Las actas firmadas por los miembros de cada Junta Electoral serán los elementos básicos, prioritarios e insustituibles para la contabilización de los resultados.”

19. Sugerimos otro artículo que prescriba: “Los resultados electorales son públicos y no pueden tener restricciones de ninguna naturaleza. Se podrá facilitar copias de los resultados de todas las Juntas Electorales sin sanciones; se prohíbe ocultar información electoral. En el lugar de cada Junta Electoral se proclamarán los resultados respectivos y quedará una copia certificada de los mismos, y podrá llevar otra copia cada uno de los miembros de la Junta Electoral, así como los representantes debidamente acreditados de los movimientos, partidos y medios de comunicación que los soliciten.” Recordemos que los resultados electorales cuando ganaron las elecciones Jaime Roldós Aguilera, León Febres Cordero, Rodrigo Borja Cevallos, Sixto Durán Ballén o Abdalá Bucaram Ortiz se supieron en horas, en tanto con los métodos de Correa se descifraban los resultados en semanas. Se demoraban todo el tiempo acomodando los resultados.

MEDIO SIGLO DE PRISIÓN Y CONFISCACIÓN DE BIENES PARA QUIEN COMETA FRAUDE ELECTORAL

20. El más grande crimen contra la vida, los recursos y trayectoria histórica de una sociedad, así como un robo y profanación de los sentimientos y voluntad íntima de una colectividad nacional es el fraude electoral; puerta para el saqueo, impunidad y destrucción social. Es el más grande delito y acto de traición a la Patria. ¡Un crimen de lesa Patria! Por ello proponemos un artículo que establezca: “Cualquier forma de atentado a la transparencia democrática de un proceso electoral, o cometimiento de fraude comprobado, en forma individual o colectiva, luego del debido proceso, entrañará a sus responsables una pena de prisión de cincuenta años y la pérdida completa de su patrimonio personal.”

21. Deberá también establecerse que “Ningún partido, movimiento o colectividad política podrá disponer de más de un miembro del Consejo Nacional Electoral y en los organismos electorales de carácter provincial”, además que “Las Juntas Electorales estarán conformadas por estudiantes de los dos últimos años, o equivalentes, del nivel secundario de estudio.”

22. Es evidente, a la luz de la experiencia y la historia, que quien maneja sin transparencia y manipula con picardía el proceso electoral se lleva a la final la República en peso, como siempre lo ha impuesto la oligarquía allegada a los círculos financieros y multinacionales más poderosas del planeta. ¡Como siempre pretenden mantener, una vez más, el dominio social y político inalterable! ¿Acaso no es perceptible que buscan, como opción preferente, llevarle al poder a Nebot con las mismas leyes de Correa?

¡LA PATRIA NI SE VENDE NI SE RINDE!
¡LA PATRIA CON EL ALMA SE DEFIENDE!
¡VIVA EL ECUADOR LIBRE Y ETERNO!

Septiembre del 2018.

martes, 11 de septiembre de 2018

EL LAUDO ARBITRAL NULO DEL TRIBUNAL DE LA HAYA, HOLANDA.

REFLEXIONES SOBRE EL CASO CHEVRON TEXACO

1. El TRIBUNAL ARBITRAL DE LA HAYA conoció el caso de la disputa entre la empresa CHEVRON (antes TEXACO), por una parte, y, por otra, el Estado ecuatoriano a raíz de una sentencia judicial emitida en el Ecuador, en Lago Agrio, en febrero del 2011. Por lo tanto, no fueron parte directa de este Arbitraje los alrededor de treinta mil personas demandantes de seis pueblos indígenas amazónicos: 1. Siona. 2. Siekopai. 3. Kofanes. 4. Kichwas. 5. Shuar. 6. Waorani.

2. Según la Procuraduría General del Estado, que ejerce la representación jurídica del Ecuador, el Tribunal Internacional de La Haya “no decidió sobre el fondo de las demandas de daños personales interpuestas por los pobladores, por contaminación ambiental”, lo que “permite iniciar nuevas acciones ante una corte para pedir una posible indemnización por los daños causados”, según su titular Iñigo Salvador. (El Comercio, domingo 9 de septiembre del 2018, pág. 4.)

3. El laudo arbitral o sentencia emitida por el Tribunal Arbitral de La Haya ordena al Ecuador “a indemnizar a la petrolera y dejar sin efecto el dictamen de la Corte de Justicia de Lago Agrio, Sucumbíos”, emitida en febrero del 2011, y que ordenaba una indemnización a la CHEVRON TEXACO, porque dicha sentencia habría sido obtenida -según su dictamen- “a través de fraude, soborno y corrupción”.

4. La Corte Internacional o Tribunal Arbitral de La Haya sostiene que Ecuador violó el “Tratado entre la República del Ecuador y los Estados Unidos de América sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones” instrumento que fue “aprobado” sin jamás haber sido leído en el Congreso Nacional del Ecuador el 28 de septiembre de 1994, cuando el Art. 16 de la Constitución de la Republica vigente en la época, aprobada el 15 de diciembre de 1978, en referéndum, establecía de manera imperativa: “Los contratos celebrados por el Gobierno o por las entidades públicas con personas naturales o jurídicas extranjeras llevarán implícita la renuncia de toda reclamación diplomática. Si tales contratos fueren celebrados en el territorio del Ecuador, NO SE PODRÁ CONVENIR A UNA SUJECIÓN EXTRAÑA.”

5. Por contravenir este Art. 16 de la Constitución este Tratado era y es NULO, conforme se analiza al detalle en la sesión de su reconsideración, planteada por el entonces legislador Diego C. Delgado Jara, en el Congreso Nacional, el 4 de octubre de 1994, y en la sesión de la reconsideración de la reconsideración, del 5 de octubre de 1994, propuesta por el mismo parlamentario. Una votación o resolución legislativa no puede convalidar un acto nulo porque violaba en forma expresa a la Constitución de la República. Revísese las actas y grabaciones de dichas sesiones. El Art. 171 de la Constitución de 1978, vigente a la fecha señala que “La Constitución es la Ley Suprema del Estado. (…..) No tendrán valor alguno las leyes, decretos, ordenanzas, disposiciones y tratados o acuerdos internacionales que, de cualquier modo, estuvieren en contradicción con la Constitución o alteraren sus prescripciones.” El Tratado referido era y es NULO y mal podía aplicar la Corte Internacional de La Haya un instrumento jurídico NULO y de NINGÜN VALOR.

6. Existe otro motivo adicional de NULIDAD. El gobierno de Rafael Correa, que debió denunciar la validez de este Tratado el 22 de abril del 2007, a los 10 años de su publicación, decide aceptar el Arbitraje de la Corte Internacional de La Haya, en el 2011, cuando la Constitución de Montecristi, vigente desde el 20 de octubre del 2008, establece en su Art. 422 que: “No se podrá celebrar tratados o instrumentos internacionales en los que el Estado ecuatoriano ceda jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, en controversias contractuales o de índole comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas.”

7. No solo que Ecuador no debía someterse a un Tratado jurídicamente NULO, sin ninguna validez, sino que resulta más que sospechoso que el mismo Gobierno de Correa, con la colaboración de la Procuraduría y la Secretaría Jurídica de la Presidencia, haya gestionado que el estudio jurídico que debía defender los intereses del Ecuador en este caso, haya sido el mismo estudio jurídico que desde hace años antes defendía los intereses de la CHEVRON TEXACO, conforme se evidencia en el artículo "TRATADO INCONSTITUCIONAL ES EL SUSTENTO DE LA SENTENCIA DE LA CORTE DE LA HAYA subido en nuestro blog y facebook

8. Otros motivos para el laudo arbitral o sentencia de La Haya en contra del Ecuador es, según el referido Tribunal, que se le ha denegado justicia y no se ha brindado un trato justo y equitativo a la CHEVRON TEXACO, cuando el mundo entero sabe que las grandes compañías petroleras -como la referida- son las que envenenan y han envenenado a la Amazonía y producen muerte y destrucción de la naturaleza y de sus pobladores.

9. ¿Quién defiende los intereses nacionales? ¡Y hablaban de soberanía nacional los que fueron a contratar el mismo estudio jurídico de la CHEVRON TEXACO! ¡ESTE NO ES UN PROBLEMA DE INVERSIONES SINO DE DERECHOS HUMANOS! ¡Quedan 90 días para escuchar la eventual cuantía que dizque debe pagar el Ecuador a la CHEVRON TEXACO por haber destruido nuestra Amazonía y envenenado incontables miles de vidas de compatriotas ecuatorianos! ¡Y sigue el encubrimiento sistemático y la impunidad absoluta para Correa y su gavilla que desgobernó nuestra Patria sagrada!

¡LA PATRIA NI SE VENDE NI SE RINDE!
¡LA PATRIA CON EL ALMA SE DEFIENDE!
¡VIVA EL ECUADOR LIBRE Y ETERNO!