viernes, 8 de febrero de 2019

IMPUNIDAD ABSOLUTA EN EL ECUADOR

1. El juicio a la Odebrecht se inició y tramitó en Brasil porque esta firma empezó a pagar cohechos y ganar concursos en los Estados Unidos. Fue este país el que exigió una profunda actuación de sus responsables. Los resultados de ese proceso judicial y de su sentencia llegaron luego al Ecuador, y a pesar del obstruccionismo de la Fiscalía, sobre todo en el período de Galo Chiriboga, no pudieron evitar que se conozcan varios de sus detalles. Ante el escándalo mundial de corrupción, las autoridades del país no pudieron evitar que este caso se ventile en nuestro medio, más aún cuando se presentaron los videos y grabaciones de autoridades ecuatorianas recibiendo paquetes con enormes sumas de dinero, o evidenciando los acuerdos en que bancos y cuentas del exterior deberían hacerse los depósitos.

2. El 13 de diciembre del 2017, cuando se leyó la sentencia en primera instancia por el caso Odebrecht (que está apelada), en la que se determinan las responsabilidades jurídicas de Jorge Glas, por parte del Tribunal de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia, y ante la cantidad abrumadora de irregularidades, acusaciones, vídeos, constancias documentales, testimonios del ex encargado de la firma brasileña en Ecuador, José Conceisao Santos Filho, se ordenó en la misma sentencia, que se investiguen las demás responsabilidades de Glas en los siguientes delitos adicionales:

2.1. Delincuencia organizada, contemplada en el Art. 369 del Código Orgánico Integral Penal, COIP, con penas de 5 a 10 años.

2.2. Peculado, al tenor del Art. 278 del COIP, con penas de 10 a 13 años.

2.3. Lavado de activos, contemplado en el Art. 317 del COIP, con penas de 10 a 13 años.

2.4. Enriquecimiento ilícito, conforme al Art. 279 del COIP, con penas de 3 a 10 años.

2.5. Testaferrismo, referido en el Art. 289 del COIP, con penas de 3 a 5 años.

2.6. Tráfico de influencias, ubicado en el Art. 285 del COIP, con penas de 3 a 5 años.

2.7. Cohecho, según el Art. 280 del COIP, con penas de 1 a 7 años.

2.8. Concusión, conforme al Art. 281 del COIP, con penas de 3 a 5 años.

3. ¡Desde entonces no se ha hecho NADA, absolutamente NADA! Dijeron alguna vez que a lo mejor investigarían por el “único” delito de cohecho, pero nada se sabe ni se conocen resultados. ¡Están blindados por las fiscalías y jueces correístas que siguen todos ellos en funciones! No es verdad además que solo esté involucrado Glas. Él era el operador económico, administrativo y político, además de tesorero, de Rafael Correa y la plana mayor de lo que el propio Lenin Moreno llamó LA MAFIA. ¡Todos los integrantes de esta MAFIA deberían ser enjuiciados por delincuencia organizada como determina el Art. 369 del Código Orgánico Integral Penal, COIP, y por los otros delitos en los que existen pruebas notorias de responsabilidad! ¡No existe un solo juicio por peculado o enriquecimiento ilícito en contra de ninguno de ellos!

4. El Art. 369 del COIP, dice en forma textual: “Delincuencia organizada.- La persona que mediante acuerdo o concertación forme un grupo estructurado de dos o más personas que de forma permanente o reiterada, financien de cualquier forma, ejerzan el mando o dirección o planifiquen las actividades de una organización delictiva, con el propósito de cometer uno o más delitos sancionados con pena privativa de libertad de más de cinco años, que tenga como objeto final la atención de beneficios económicos u otros de orden material, será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez años.”

5. El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, CPCCS, con solo dos votos salvados, acaba de nominar un Consejo de la Judicatura con mayoría de funcionarios del correísmo, y a pesar de cumplir con todos los requisitos legales (Art. 196 de la Constitución) se nos acaba de excluir, en forma escandalosa, del concurso para Fiscal General del Estado, quizá por carecer del más importante requisito a considerar dentro de la mayoría de este organismo: ¡Poseer antecedentes correístas! ¡Sigue mandando el correísmo!

¡LA PATRIA NI SE VENDE NI SE RINDE!
¡LA PATRIA CON EL ALMA SE DEFIENDE!
¡VIVA EL ECUADOR LIBRE Y ETERNO!

Febrero del 2019.

1 comentario:

  1. Es practica común en Ecuador tierra de nadie, donde santurrones y ateos han robado roban y robarán , el pueblo tiene exactamente el gobierno que se merece. Que fatalidad somos la mezcla perfecta entre la escoria de Europa y el Indígena resentido que ha perdido todo , un perfecto merengue que nos inmiscuye a todos y nunca terminará. Que dura realidad pero es así.

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