ECUADOR NECESITA SABER LA VERDAD
¿QUIÉN RESPONDE POR DIEZ MUERTOS Y 1.340 HERIDOS ENTRE EL 3 AL 13 DE
OCTUBRE DEL 2019?
¿CUÁNTOS ECUATORIANOS PERDIERON SUS OJOS POR DISPAROS DE PERDIGONES
EXACTAMENTE COMO PASÓ EN CHILE?
¿POR QUÉ NINGUNA INSTITUCIÓN AVERIGUA LOS MOTIVOS EXACTOS DE LAS MUERTES
Y NADIE RECOPILA Y VERIFICA LA AUTENTICIDAD DE LAS HISTORIAS MÉDICAS DE LOS
HERIDOS?
OFICIO CON ANEXOS ENTREGADO EN LA OFICINA DE DOCUMENTACIÓN DE LA
ASAMBLEA NACIONAL EL JUEVES 12 DE DICIEMBRE DEL 2019, A LAS 16H38. TRÁMITE
390065
¡ABOGADOS POR LA PATRIA!
Quito, 11 de diciembre del 2019. (B17-144)
Señor Asambleísta
César Litardo Caicedo,
PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL.
En sus manos.
De nuestras consideraciones:
Quienes suscribimos la presente comunicación y
solicitud, abogados en libre ejercicio vinculados a la defensa de los Derechos
Humanos y de los intereses populares y nacionales del Ecuador, acudimos ante
Usted, señor Presidente, para, del modo más respetuoso y comedido, exponer y
solicitar:
1. La Defensoría del Pueblo señala que luego de
una prolija investigación ha determinado que en los 11 días de movilizaciones
del 3 al 13 de octubre del 2019, ha contabilizado diez fallecidos, 1.340
personas heridas y 1.192 detenidos. (El Universo, viernes 22 de noviembre del
2019, pág. 4.) (VER ANEXO 1) Llama
la atención que este organismo haya conformado una Comisión con algunos
delegados de confianza pública del régimen cuyo proceder debe ser analizado, y
que, además, indique que necesite tres meses para presentar un informe que no
debería esperar.
2. Este balance preliminar evidencia una
situación sin precedentes, porque es notorio que existieron muchos más heridos
(1.340 personas) que apresados (1.192 ciudadanos), lo que devela el carácter de
una represión planificada para escarmentar y atemorizar a una sociedad pacífica
y paciente. Otro aspecto llamativo es que, al igual que lo sucedido en Chile en
días sucesivos (del 19 de octubre al 18 de noviembre), se denunciaron varios
casos de personas que perdieron los ojos en una represión desaforada y
direccionada. ¿Qué armas se utilizaron en contra de los manifestantes en el
Ecuador para producir heridas en los ojos de muchos ciudadanos? ¿Quién autorizó
el uso de ese tipo de armas e instruyó disparar al rostro de los ciudadanos
movilizados? ¡Resulta un imperativo inexcusable investigar y adoptar
precauciones impostergables ante eventuales conductas criminales consumadas en
nuestro país!
3. Debemos tomar en cuenta que la Sociedad Chilena
de Oftalmología denuncia en forma pública que entre el 19 de octubre y el 18 de
noviembre del 2019 se han producido 285 heridos en los ojos (con pérdidas
oculares), entre los manifestantes de ese país, a causa de disparos de
perdigones, con efectos del 48 por ciento de disminución severa de la visión, a
causa de heridas profundas en uno o dos ojos de los afectados. Estas 285
personas con lesiones graves en sus ojos, en un solo mes, en Chile, superan los
261 heridos en el mundo entero, con lesiones similares, en 27 años de
movilizaciones sociales, esto es desde 1990 al 2017. Se colige que esta
política represiva clonada y criminal fue propiciada por autoridades estatales
tanto de Chile como de Ecuador. ¡Estas conductas idénticas, represivas y con
niveles de crueldad inéditos, no pueden ser motivadas por la casualidad del
destino, sino por ser parte de una planificada y concertada represión similar
en varios países de América Latina para amedrentar e inmovilizar a los pueblos
saqueados y que se niegan a domesticarse frente a los nuevos colonizadores!
4. La escopeta antidisturbios, que utilizan los
carabineros de Chile, según los denunciantes, posee cartuchos calibre 12, de
doce perdigones cada uno. Cada perdigón pesa de 7 a 8 gramos, está recubierto
de caucho (equivalente al 20% del peso), pero dentro del restante 80% se
utiliza sílice, sulfato de bario y plomo. Cada taco de 12 perdigones posee
pólvora y percutor que lo expulsa. La información difundió la agencia francesa
AFP. (El Comercio, jueves 21 de noviembre
del 2019, pág. 12.) (VER ANEXO 2).
La “Universidad Academia de Humanismo Cristiano”, en la que estudiaba el joven
chileno Gustavo Gatica Villarroel, que el 8 de noviembre quedó completamente
ciego por una descarga de perdigones en su rostro, en la plaza Italia, de
Santiago, exige formal y vigorosamente la salida del general Mario Rozas,
director de Carabineros, y de las autoridades responsables de esta ya
inocultable “criminal política de Estado”. (Últimas Noticias, miércoles 27 de
noviembre del 2019, pág. 9.) (VER ANEXO
3)
5. Antes de su difusión internacional, la
referida agencia informativa ha cruzado información con los datos del cuerpo de
carabineros de Chile. Este crimen espantoso, de utilizar escopetas de
perdigones para dejar ciegos a los manifestantes, no tiene precedentes
reconocidos en América Latina. Es evidente que ahora se busca disparar al
rostro y ocasionar ceguera en forma deliberada. Estos 285 manifestantes heridos
en los ojos, provocaron la indignación solidaria de la selección nacional
chilena de fútbol en su partido internacional del martes 19 de noviembre. Cuando
se cantaba el himno nacional de Chile, los futbolistas –ante el estadio lleno-
se taparon uno de sus ojos con las manos, en solidaridad con estos heridos en
las marchas y reclamos en su país. Días antes, en la ciudad de Santiago, varios
cientos de médicos hicieron una marcha colocándose un parche en uno de sus
ojos. Las imágenes pueden apreciarse en el internet y en los medios de
comunicación de ese país de aquellos días.
6. En el lapso de los reclamos sociales en
Ecuador, en los referidos días de octubre, una amiga que es pariente del joven
Pablo Uquillas Coba nos comunicó que su primo fue herido en las marchas, que
estaba internado en el Hospital Eugenio Espejo y que al parecer los médicos y
personal de esa casa de salud estaban prohibidos de comentar nada al respecto,
bajo amenaza de destitución. Contó que su dolor era tan grande que ingresó
clamando que lo mataran. Había perdido el ojo derecho y con el esfuerzo desesperado
y esmero singular de los médicos procuraba salvar su ojo izquierdo. La causa,
según suponían los galenos, sería el uso de escopetas de perdigones.
7. Con el paso de los días se comentó y conoció,
a varios niveles, que se habría presentado un número inusual de personas que
fueron heridas en el rostro o perdieron sus ojos a causa de perdigones. Lo que
no existe en el Ecuador es información cabal al respecto; no se ha presentado
un detalle exacto de datos verificados de heridos en los ojos por esta causa.
Resulta imprescindible que Usted, como ciudadano y autoridad, impulse la más
inmediata obtención de todos los certificados médicos de todos los heridos,
pues conocemos que se está ocultando la verdad a la conciencia cívica del
Ecuador. La verdad y la justicia no pueden ser ocultadas ni burladas por más
tiempo.
8. Ha llegado a nosotros información, que amerita
ser investigada con prolijidad para ser desechada o confirmada, respecto a que
personal relacionado con autoridades en ejercicio habrían tomado contacto con
familiares de ciudadanos heridos, indicando que habría plena solidaridad y apoyo
pero siempre que no se presenten denuncias, o, de haberlas, se retiren. Pedimos
en forma respetuosa que su autoridad verifique o deseche si se han presentado o
no denuncias que se las pretendería ocultar en base a un ejercicio indebido del
poder. Es sin duda un asunto de enorme repercusión incluso para el futuro de la
sociedad ecuatoriana. No puede dejar de investigarse un asunto de tantas
repercusiones y menos tolerarse estas prácticas censurables y de grave
violación de los derechos humanos de constatarse su gravedad extrema.
9. Conviene recordar que el Art. 159 de la
Constitución determina, en su segundo inciso, que “Las autoridades de las
Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional serán responsables por las órdenes que
impartan. La obediencia a las órdenes superiores no eximirá de
responsabilidad a quienes las ejecuten.” Las responsabilidades jurídicas y
políticas son endosables a otras autoridades del Estado. El Art. 233 de la
Constitución determina que “Ninguna servidora ni servidor público estará exento
de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones,
o por sus omisiones”.
10. Cabe recordar que la Policía Nacional del
Ecuador, para su especialización, como existe información pública al respecto,
contó con instructores del Cuerpo de Carabineros de Chile, perfeccionados con
estos mismos procedimientos durante la dictadura del general fascista Augusto
Pinochet Ugarte. Este modelo represivo de Policía para nuestro país, fue
impuesto durante la Presidencia de Rafael Correa y no debe mantenerse. Sería
muy importante conocer que entidades de seguridad, y de que países, han
asesorado a estos cuerpos especializados de control social en nuestra República,
y conocer sus métodos y políticas recomendadas para aplicar en el Ecuador.
11. La conciencia cívica del país demanda que todas
estas dudas sean despejadas a la brevedad. Ya resultaba sorprendente y terrible
que se manifieste que habrían decenas de jóvenes ecuatorianos heridos en su
rostro o en los ojos. Existe, sin duda, información que está ocultada. Debe
actuar la llamada Asamblea Nacional, la Defensoría del Pueblo, todos los
organismos de Derechos Humanos, la Federación Médica del Ecuador, organismos
gremiales de trabajadores de la salud, y toda entidad y ciudadano solidarios
con los heridos y víctimas de estas prácticas. ¡No puede quedar la más leve sospecha del uso autorizado de estos
métodos criminales en Ecuador!
12. Ya resultó sorprendente y sospechosa la
conducta de agresividad extrema de ciertos elementos de los cuerpos de
seguridad que exasperaban y provocaban a los manifestantes que no estaban
tapados el rostro ni actuaban como los notoriamente infiltrados. Un informe de
la ONU expresó su sorpresa ante “la actividad represiva de los agentes de
orden” que “no se ajustó a las normas”. Esta entidad reconoce que el número de
heridos sería mucho más alto, pues habría 1.507 heridos, entre ellos incluyendo
a los de las fuerzas de seguridad. Los heridos graves, de demostrarse una
intencionalidad perversa y delincuencial, podrían ser indemnizados por el Estado
de así decidirlo un Juez o Tribunal, que debería, a su vez, aplicar el derecho
de repetición a quienes corresponda.
13. El objetivo del uso de estos métodos
represivos fascistas es crear el terror entre la población, disuadir a los
ciudadanos por el espanto extremo para que desaparezcan las movilizaciones y
los reclamos por justos que fueren. Nunca antes hubo tanto herido, y menos en
su rostro o en los ojos, en los reclamos populares, ni siquiera en los años de
las dictaduras. Recordemos que Pinochet era un admirador de estas políticas del
nazismo e incluso protegía en un gigantesco latifundio o reserva llamada “Colonia
Libertad”, dentro de Chile, a varios criminales de guerra nazis. El modeló sus
cuerpos de seguridad a usanza de los procedimientos de la Gestapo alemana del
Tercer Reich, y a este idéntico modelo acudió el régimen de Rafael Correa. Pero
ningún país democrático puede aceptar esos procedimientos bárbaros, salvajes,
propios del fascismo y del nazismo, como legales.
14. Estos mecanismos de represión salvaje e
intimidación social planificada no son nuevos, se inscriben en las políticas de
la globalización en muchos países de todos los continentes. Es la política del
Nuevo Orden Mundial bautizada como “fascismo da apariencia democrática”. Se
desarrollaron con las concepciones de Heinrich Himmler, jefe de la Gestapo
hitleriana, y que se condensaba en su frase favorita: “La mejor arma política es el terror. La crueldad impone respeto. Los
hombres podrán odiarnos, pero no queremos su cariño; solo queremos su odio, y
que nos obedezcan con absoluta sumisión, sin chistar, paralizados por un pánico
irresistible.” Los cuerpos de seguridad del nazismo se especializaron, por
esta política, en la crueldad y perversidad extrema. Los campos de
concentración donde inmolaron a millones de seres humanos son una prueba
dolorosa que perdurará por siglos. Pero estos métodos y concepciones impuestas
y acogidas por el fascismo del siglo XXI, no caben aceptarlos jamás en el
Ecuador.
15. Quienes suscribimos esta comunicación, como ABOGADOS POR LA PATRIA, no podemos
cruzarnos los brazos al contemplar lo que acontece en nuestro país, más aún
cuando, de no tomarse correctivos civilizados, podrían reincidirse en estas
prácticas brutales y bárbaras y que deben ser respondidas y sancionadas por las
autoridades. No puede pasarse de página como si no hubiese sucedido nada. Es
por ello que, en base al derecho de petición contemplado en el Art. 66, numeral
23, de la Constitución de la República, pedimos a su autoridad lo siguiente:
PRIMERO: Que se recuperen todas las historias clínicas
de los heridos, sin excepción alguna, sobre todo de quienes recibieron disparos
de perdigones y establecer la situación de su rostro e integridad de sus ojos.
Debería pedirse que se comuniquen a la entidad de su dirección los heridos o
sus familiares para que no se pierda ninguna información. También debería
establecerse la verdadera cantidad de fallecidos pues resulta notorio que se
ocultó y tergiversó la información.
SEGUNDO: Que se determinen las responsabilidades
institucionales, jerárquicas, políticas y jurídicas: ¿Cuáles son las armas que
se utilizaron? ¿Quién autorizó el uso de estas armas, cuándo se compraron, que
cuerpos policiales internacionales asesoraron sobre su uso respecto a
manifestantes desarmados? ¿Quién entrenó o recomendó su uso y desde cuándo?
TERCERO: Que se adopten las medidas jurídicas de rigor
para impulsar la prohibición total del uso de estos implementos a futuro en las
marchas sociales del Ecuador.
CUARTO: Se determine desde el punto de vista
constitucional y legal el derecho a la indemnización de los heridos graves,
sobre todo por pérdida de sus ojos o fallecimientos.
QUINTO: Debe establecerse con absoluta precisión el
tipo de asesoramiento institucional y de expertos extranjeros que ha existido,
desde el año 2007, sobre la Policía Nacional del Ecuador, para determinar
límites en el manejo de la represión, más aún cuando el Art. 158 de la
Constitución expresamente ordena que “Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional
son instituciones de protección de los
derechos, libertades y garantías de los ciudadanos.”
Por el trámite constitucional y legal que
conceda a la presente comunicación y respetuosa solicitud, expresamos a Usted
nuestro reconocimiento anticipado.
Con la mayor consideración,
¡ABOGADOS
POR LA PATRIA!
¡LA
PATRIA NI SE VENDE NI SE RINDE!
¡LA
PATRIA CON EL ALMA SE DEFIENDE!
¡VIVA
EL ECUADOR LIBRE Y ETERNO!
Dr.
Diego C. Delgado Jara, Dr. Jaime Santos Basantes,
Matrícula 532 del C.A.A. Matrícula
2583 del C.A.P.
Dr.
Luis Sánchez León, Abg. Peter Terán Cazar,
17-265-2002-FA 17-2017-1142-FA
Toda nuestra solidaridad con las victimas de la represion sistemica contra la resistencia social pacifica de los traajadores, indigenas y organizaciones populares del Ecuador. Todo nuestro respaldo a Ustedes compatriotas abogados a quienes solicitamos hagan todos los esfuerzos para unir los reclamos de todos los sectores sociales para que se castigue esta flagrante violacion constitucional y de los derechos universales del hombre que todo el Pais exige con radical indignacion que se castigue a los duenos de la violencia institucionalizada de los beneficiarios de la injusticias y saqueos del Pais.
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