Vistas a la página totales

domingo, 27 de septiembre de 2020

EFECTOS DE LA LIBRE IMPORTACION DE COMBUSTIBLES. Por Henry Llanes Suárez

 Quito, sábado 26 de septiembre de 2020

EL DECRETO EJECUTIVO 1158 ES UNA BOMBA DE TIEMPO

LOS PRECIOS DE LOS COMBUSTIBLES A PARTIR DE ESTE DECRETO

En materia de hidrocarburos, el Decreto ejecutivo 1158 del 24 de septiembre de 2020 afectará gravemente la economía de la gente, descapitalizará al país y afectará el ahorro interno.

El decreto de marras contradice los principios normativos de los artículos 314 de la Constitución de la Repúblicai y 72 de la Ley de Hidrocarburosii, porque DELEGA a “LA CADENA DE COMERCIALIZACIÓN SEGÚN CORRESPONDA”, la facultad de definir (REGULAR) “LOS PRECIOS DE VENTA DESDE EL TERMINAL HASTA EL CONSUMIDOR FINAL” de todos los derivados de los hidrocarburos (artículos del 1 al 5)iii.

“LA CADENA DE COMERCIALIZACIÓN SEGÚN CORRESPONDA” está integrada por el sector privado: por los distribuidores <al granel> (transporte de los hidrocarburos en autotanques desde los terminales de almacenamiento hacia las estaciones de gasolina), por las comercializadoras que compran los productos <al granel> a Petroecuador y por los distribuidores (gasolineros) que venden <al detal> los combustibles al público.


De acuerdo al decreto mención, los precios de los combustibles serán definidos por los actores que controlan EL MERCADO de la distribución y comercialización de los derivados de los hidrocarburos (CADENA DE COMERCIALIZACIÓN); por lo tanto, el contenido de dicho decreto beneficia a estos sectores y no al CONSUMIDOR FINAL, que en este caso está integrado por todo el país, directa o indirectamente. Durante la vida diaria, todos los ciudadanos del país, sin excepción, son usuarios del transporte en sus diferentes modalidades, ya sea para movilizarse personalmente o para transportar carga, unos son dueños de los medios de transporte y otros no, pero haciendo abstracción de la propiedad de los vehículos, al final de cuentas, todos los ciudadanos son usuarios de los medios de transporte que se mueven con los derivados de los hidrocarburos.

No contentos con haber destruido la economía del país y las finanzas públicas durante los últimos catorce años, cuyas acciones han dejado en el camino una enorme secuela pobreza. Según el INEC, a julio de 2020, apenas el 17% de la PEA tenía empleo adecuado y el 83% se encontraba en el subempleo y desempleo; a pesar de esta crisis lacerante, le clavan al país un decreto ejecutivo para beneficiar en forma total a las personas naturales y jurídicas que están vinculadas AL POR MAYOR al negocio de los hidrocarburos; ya basta de tanto abuso. Nada les importa a estos codiciosos del poder la pobreza de la gente.

¿Qué opinan de este decreto los señores candidatos a la Presidencia de la República y a la Asamblea Nacional que han aceptado sus candidaturas ante el CNE para las elecciones del 7 de febrero del 2021?

CONCLUSIÓN:

1) Con este decreto ejecutivo se impondrá el poder del más fuerte, integrado por los sectores que controlan la CADENA DE COMERCIALIZACIÓN de los derivados de los hidrocarburos. Ellos le impondrán al país, a su libre albedrío, los precios de los combustibles, amparados en el título “DEL PRECIO DE MERCADO”.
2) Caso de Ripley. Los ingresos que genere “EL PRECIO DE MERCADO” no son para cubrir el déficit de las finanzas públicas, sino para beneficiar la codicia de aquellos sectores que están vinculados AL POR MAYOR al negocio de los hidrocarburos.

3) El contenido del Decreto Ejecutivo 1158 beneficiaría, aún más, a los importadores de combustibles, quienes venderán en el país dichos productos “A PRECIO DE MERCADO”.

4) El artículo 72 de la Ley de Hidrocarburos no dispone, que los “precios de venta al consumidor de los derivados de los hidrocarburos” sean definidos (regulados) por los actores (sectores privados) que integran “la cadena de comercialización según corresponda”; pero con el decreto de marras se lo va a hacer, lo cual es ilegal.

5) De Ripley. Un país petrolero importando hidrocarburos. En el período 2007-2019 importaron en tres productos (GLP, GASOLINAS Y DIÉSEL) USD 48.919 millones, un pingüe negocio. En este valor no está incluido el monto de importación de Cutter Stock, Avgas, Jet Fuel, VGO y NBO; pero no contentos con todo esto, todavía quieren más.     

RECOMENDACIÓN:

1) Por atentar los intereses del país, la gente tiene que movilizarse de forma URGENTE para solicitar al gobierno nacional la derogatoria del Decreto Ejecutivo 1158; es inaceptable su vigencia.

2) La Asamblea Nacional de forma URGENTE debe impulsar el juicio político en contra del Ministro de Energía y Recursos Naturales no Renovables y del Ministro de Economía y Finanzas, por violar expresas disposiciones de la Constitución de la República y de la Ley de Hidrocarburos.

3) Por ser inconstitucional y porque atenta la economía de la gente, la ciudadanía, de forma URGENTE debe impulsar la demanda de inconstitucionalidad del Decreto Ejecutivo 1158.




Henry Llanes Suárez
ANALISTA DE TEMAS PETROLEROS

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Se agradece todo RESPETUOSO comentario y observación, principalmente si ayudan a realizar precisiones, aclaraciones indispensables o sugerencias que contribuyen a mejorar el contenido de los analisis presentados.