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domingo, 26 de diciembre de 2021

¿ECUADOR SE CONVIERTE EN PARAÍSO FISCAL O NARCO ESTADO MEDIANTE EVIDENTE ACUERDO?

1. UNA LEY VIGENTE POR OBRA DEL LASSISMO CORREÍSTA

En el tercer Suplemento del Registro Oficial Nro. 587, del lunes 29 de noviembre del 2021, está publicada, en 119 páginas, la “Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID 19”. Esta ley, a pesar de todas las sustentadas objeciones realizadas por expertos, entidades, gremios de la producción, organizaciones laborales, respeto al absurdo de crear nuevos impuestos por 1.900 millones de dólares, solicitados por el FMI como parte de un acuerdo con el gobierno, en una economía en terrible recesión, no pudo ser ni reformada ni archivada merced a la abstención final de negarse a archivar el proyecto, en moción presentada por la asambleísta de Pachakutik por la Provincia de Bolívar, Mireya Pazmiño Arregui, en la perversa sesión del viernes 26 de noviembre del 2021.
La moción del informe de los asambleístas allegados al gobierno de Lasso obtuvo solo treinta de los 137 votos posibles. Luego se presentó el informe de UNES, que recibió 51 votos de respaldo. Ante la ninguna reforma al proyecto original de Lasso, presentado el 28 de octubre del 2021, la asambleísta Pazmiño, en base a lo que dispone el Art. 62, de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, relativo al “Segundo debate para proyectos de urgencia en materia económica” (incisos 11 y 12), mocionó que se niegue y archive el proyecto, porque caso contrario entraría en vigencia el texto íntegro de la ley tal como lo envió Lasso, sin el cambio de una sola sílaba. La propuesta recibió 47 votos de los bloques legislativos de Pachakutik, Izquierda Democrática y Partido Social Cristiano. Faltaban 23 votos para llegar a los 70 con los que se toman las decisiones legislativas. Los 47 votos del correismo (UNES) se abstuvieron, en forma deliberada y concertada de votar por el archivo de esta Ley que abre las puertas para facilitar la entrega del petróleo y otros recursos a sectores privados.
Solo un ingenuo o desinformado, o un argumentador malicioso, puede negar este evidente acuerdo político del correismo con el régimen de Guillermo Lasso. Incluso varias autoridades del régimen de Correa, en forma pública, ante un daño tan grave a la población y al país, reprobaron este proceder legislativo terriblemente antipopular y antinacional. Algunos incluso polemizaron con el propio Correa, que pretendía justificar esta conducta sincronizada y concertada. Las posiciones de aparente “oposición radical” a Lasso se evidenciaron, una vez más, como postizas; derrumbando el ardid de cierta prensa de intentar presentar que solo existe una “oposición” a Lasso: la de los correistas, lo que es una patraña pública y escandalosa. No es ninguna casualidad que los dos votos que controla Correa dentro del CNE lo hicieron “finalista” sin los votos suficientes para el efecto, el 7 de febrero del 2021, en la primera vuelta electoral, y como, además, parte del gabinete de Lasso controla el correísmo, como sucede en Educación, Salud y Telecomunicaciones, entre otros espacios comprobados en forma irrebatible.
2. TRATO MEJORADO PARA ALLEGADOS AL CORREISMO
Los beneficios de este proceder concertado, para beneficio del gobierno de Guillermo Lasso como para la plana mayor del correismo, van a proseguir evidenciándose en las próximas semanas y meses; lo que no impide apreciar repercusiones inmediatas, como es la salida de la cárcel a su casa, de Ricardo Rivera, tío del ex vicepresidente Jorge Glas Espinel, y tío a la vez de quien era apoderado del Banco de Guayaquil, y posiblemente continúa, Heriberto Glas Espinel, hermano de Jorge Glas, todavía detenido, pero quien podría salir del Centro de Detención de Cotopaxi.
Ricardo Rivera, se hizo famoso a raíz del caso de los sobornos de la compañía brasileña Odebrecht. No pudo demostrar en forma convincente como recibió USD 5,7 millones de dólares en una cuenta del Bank of America, de Tomislav Topic, accionista de Telconet (que alguna gente sostiene que sería copropiedad de Glas), y quien (Ricardo Rivvera) aparece filmado por José Conceisao Santos Filho, ex superintendente de Odebrecht en Ecuador, quien, por orden superior, grababa y filmaba a quienes retiraban o convenían los pagos para que esta compañía “gane” los concursos de obra pública, conforme difunde, con las fotografías incluidas, en El Comercio, del sábado 5 de agosto del 2017, pág. 3. Es obvio que los contratos no podía decidir Rivera, sino su sobrino Jorge Glas, quien era autoridad al máximo nivel, encargado por Correa para la realización y adjudicación de las más costosas obras públicas. Los cobros no los iba a realizar quien decidía las adjudicaciones, pero si su tío. Lo que no sabían es que la Odebrecht filmaba a los involucrados no solo lo que decían sino la forma y procedimiento de pago. Los videos, de los involucrados en varios países, luego se expondrían en las cortes brasileñas, a cambio de soltar a Marcelo Odebrecht, el principal de la compañía, entonces preso en Brasil. Todo dispone de su explicación.

El monto de los USD 5,7 millones de dólares, que recibió Rivera (posiblemente como intermediario de su sobrino que podría orientar las adjudicaciones de los más jugos contratos), consta publicado en la revista Vistazo Nro. 1199, del 3 de agosto del 2017, pág. 9, donde Tomislav Topic reconoce que Rivera, el tío, “nos pidió una comisión por habernos puesto en contacto con esos inversores (para instalar cable submarino desde Miami, pasando por varios países del Caribe, y que llega hasta Punta Carnero, en Ecuador, y que podría costar de 800 a 1.000 millones de dólares), a lo que nosotros accedimos y se lo hemos dado 5,7 millones de dólares.” ¿5,7 millones de dólares de comisión o regalo por haberle “puesto en contacto” con unos “inversores chinos” que nadie ha visto y muchos suponen que ni existen? ¿El dinero es de la China, o del propio Ecuador de origen predecible? No faltan quienes creen que Rivera era además el encargado de recibir los “dividendos” de otras “inversiones” como persona interpuesta. Su ex esposa narra los “milagros” y gestiones a favor de su sobrino en la sombra. Lenin Moreno sabía que Glas podía asumir la Presidencia si acaso algo le sucedía a él, y por eso, en forma precavida, no lo protegió como a los demás; pero tampoco movió un dedo para hacerlo devolver un solo centavo.
El correismo sigue mandando y ahora con la apariencia de “hacer oposición”; es decir son gobierno y oposición a la vez. ¡Un descaro completo e insuperable! Y con la colaboración de la prensa oficialista empeñada en crear la ficción de que en nuestro país solo existen dos opciones políticas: el gobierno, por una parte, o los correístas, por otra, cuando son una sola cosa. Los correistas le encaramaron en la Presidencia con fraude, igual a como lo hicieron con Lenin Moreno, quien les garantizó total impunidad y no recuperó un solo centavo de dólar del dinero sustraído como nunca antes en la República. ¿Hemos olvidado como Correa exigía desde Bélgica que le hagan finalista a Lasso? Una de las varias opciones para dejarles libres a la plana mayor del fascismo del siglo XXI, sería una amnistía, pero el Art. 120, numeral 13, de la Constitución pone un límite a esa posibilidad: “No se concederán (las amnistías) por delitos cometidos contra la administración pública ni por genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro y homicidio por razones políticas o de conciencia.” Por eso no existen juicios de peculado, enriquecimiento ilícito, de tortura a Gala Lara y Carolina Llanos, el secuestro de Fernando Balda, o contra los verdaderos instigadores del caso del general Gabela, entra otras posibilidades.

Ahora, luego de la aprobación de esta ley, con la decidida abstención para no archivarla por parte del correísmo, veamos que trato le otorgan a Jorge Glas, y si, con cualquier procedimiento, dejan insubsistentes las sentencias en contra de Rafael Correa, Alexis Mera Giler, y otros “angelitos”. El costo político de viabilizar la vigencia de una ley tributaria y privatizadora tan cruel y desalmada con el pueblo no es poca cosa. Y nótese que la prensa, periodistas, y columnistas subordinados al régimen, casi no comentan al respecto y procuran que la población desconozca estos graves y complejos aspectos; prefieren pasarse silbando a la luna. Actúan a petición de su amo. Comparen el generoso despliegue informativo respecto a los valores, tamaños, sabores, de unas empanadas legislativas. Antiguos adagios rezan: “Amor con amor se paga y desdén con desdén también.” “Manos que dan, reciben.” “Dando y mandando, pajarito volando.”
La mafia política, que controla el país por décadas, tiene todo bajo su control. ¡No existe un solo juicio por peculado contra Correa; y si no existe proceso mal puede haber investigación y peor sentencia! Por eso los correístas alegan, sacando prosa, que no existen sentencias en contra de su jefe. ¡No siquiera existe un solo juicio de peculado, peor una sentencia! Miren el Art. 609 del Código Orgánico Integral Penal, COIP; solo el o la Fiscal General puede iniciar un proceso penal. Nadie más en la República por el fuero de los potenciales acusados. Con cualquier pretexto, argucia, o “error” convenido y concertado con antelación, nada extrañe que se declaren nulos los procesos legales en contra de la plana mayor del fascismo del siglo XXI.


3. ECUADOR: ¿PARAISO FISCAL Y NARCO ESTADO?

El asambleísta de PACHAKUTIK por la provincia de Cañar, doctor Joel Abad Verdugo, solicitó ante la conciencia nacional, y de manera expresa a sus colegas de todas las bancadas, que el denominado “Régimen Impositivo Voluntario Único y Temporal para la Regulación de Activos en el Exterior”, propuesto por Guillermo Lasso, en el proyecto de “Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia del COVID 1”, y que consta entre los artículos 15 a 29 del entonces proyecto, y hoy ley de la República, sea retirado del indicado cuerpo jurídico porque, advertía, podría permitir que cuantioso dinero sustraído al país, por obra de la corrupción, y/o guardado en los paraísos fiscales para no pagar tributos (e incluso de origen delincuencial) sea lavado, legalizado, y blindado para que nadie tome cuentas sobre su origen lícito o ilícito.

Esa advertencia reiterada, y que abría las puertas de la IMPUNIDAD, se evidenciaba en el Art. 25, tercer inciso, del citado proyecto, de manera expresa, cuando dicho artículo hoy vigente, dice en forma textual: “NO SE INICIARÁN respecto de los sujetos pasivos que se acojan al régimen impositivo previsto en el presente libro (esto es los potenciales beneficiarios de acogerse a la traída de capitales) PROCESOS DE INVESTIGACIÓN PENAL POR DELITOS DE ENRIQUECIMIENTO PRIVADO NO JUSTIFICADO, defraudación tributaria ni defraudación aduanera establecidos en el Código Orgánico Integral Penal.”
Mediante ley y norma jurídica expresa e imperativa, por iniciativa del propio gobierno, se aprobó que, en contra de quienes traigan dinero al país, acogiéndose a esta Ley, “NO SE INICIARÁN” JUICIOS PENALES, en tres casos: a) “Por enriquecimiento privado no justificado”; b) “Por defraudación tributaria” (caso de dinero ubicado en paraísos fiscales y que también podrían tener origen ilícito); y, c) “Por defraudación aduanera”. Generándose y propiciándose dos clases de ciudadanos: Los que si pueden ser enjuiciados e ir presos por todos los delitos establecidos en el COIP, y los que solo pueden responder por una parte de dichos delitos, desapareciendo la igualdad ante la ley. Como si no fuese suficiente, el Art. 23, inciso 4, de esta ley ya expedida, se garantiza que las declaraciones al respecto serán reservadas o secretas. Es decir no serían de conocimiento general.

El Art. 22 de esta ley vigente, denominado TARIFA, determina que, por única vez, quienes presenten la declaración del pago o ingresos de dinero hasta el 31 de marzo del 2022 pagarían el 3,5 %. Los que presenten la declaración única del pago hasta el 30 de junio del 2022 el 4,5%, y hasta el 31 de diciembre del 2022 el 5,5 %. La ley determina por eso, la denominación de PAGO o IMPUESTO ÚNICO.
Esta redacción jurídica premeditada entraña que quedarían blindados jurídicamente todos los sujetos pasivos o titulares de bienes o dinero (Art. 21) que (incluso ahora podrían estar a nombre de testaferros), posean en el exterior. Con estas normas propuestas por Guillermo Lasso y ya vigentes desde el 29 de noviembre, podrían venir al país, y quedar blindados de cualquier investigación jurídica penal, y por lo tanto de su devolución, varios tipos de dineros, entre ellos podrían ingresar los que un día fueron sustraídos al erario público o a ciudadanos particulares, y que hoy podrían estar escondidos en el exterior, sea o no en paraísos fiscales.

Para dorar la píldora, el Art. 26 de esta Ley habla de “control posterior” relativa “a los bienes, activos, transacciones y rentas incorporadas en la declaración juramentada” cuando el Art. 25 garantiza que no “NO SE INCIARÁN” PROCESOS PENALES por las razones antes indicadas. El Art. 27 de esta misma ley refrenda la “confidencialidad de la información” relacionada “con la identidad de los sujetos pasivos que se acojan al régimen impositivo regulado en el presente libro, así como la información proporcionada por éstos en la declaración juramentada”, información reservada que “no podrá ser divulgada por el Servicio de Rentas Internas”.
  • ¿Qué podría impedir que este dinero traído al país, y que un día estuvo en paraísos fiscales (como los denunciados por los PANDORA PAPERS), pueda ser utilizado en adquisición de los bienes públicos que está empeñado en privatizar el gobierno de Guillermo Lasso Mendoza?
  • ¿Qué impediría, bajo el manto expreso del secretismo legal, que incluso pueda servir para la adquisición del Banco del Pacífico, por dar un solo ejemplo?

  • Es evidente que con esta ley sacan beneficio tanto el gobierno de Lasso como la plana mayor del fascismo del siglo XXI, encabezado por Rafael Correa. ¡Por eso se abstuvieron de archivar esta ley los asambleístas de UNES o correísmo! ¡Sabían perfectamente lo que hacían, más aún si han estado 14 años manejando la mayoría parlamentaria a gusto y ellos mismo aprobaron todos los artículos hoy vigentes de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, incluyendo sus reformas. En la política no hay puntada sin pespunte.

Diciembre del 2021.

¡LA PATRIA NI SE VENDE NI SE RINDE!
¡LA PATRIA CON EL ALMA SE DEFIENDE!
¡VIVA EL ECUADOR LIBRE Y ETERNO!

¡ESTA PATRIA TIENE QUIEN LE QUIERE Y LA DEFENDERÁ!

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