Se están discutiendo cuál de las
vías jurídicas merecen adoptarse respecto al trato que debería otorgarse al
permiso de explotación minera en Quimsacocha, auspiciado por éste y por
gobiernos anteriores. Es evidente que el régimen buscaría diferir en el tiempo
el uso o autorización de dicha explotación. Hasta podría negociar esta
posibilidad. Preferiría volver con todos sus ímpetus meses después antes que
enfrentar la declaratoria de nulidad de todo lo actuado al margen de la
Constitución y la ley.
Se ha establecido en forma documentada e irrebatible, que la ubicación de la concesión minera es falsa, que la documentación presentada para su aprobación ha resultado adulterada y también falsa, y por lo tanto sin valor jurídico todo lo tramitado por ilegal e inconstitucional. Todo lo actuado por las multinacionales es nulo, de nulidad absoluta. ¿Cuál es el camino que debemos adoptar? Respetuosas sugerencias:
PRIMERO: Debe exigirse el respeto irrestricto de las consultas populares constitucionales, debidamente autorizadas, porque el Art. 106, inciso tercero, de la Constitución es inapelable: “El pronunciamiento popular será obligatorio e inmediato cumplimiento.” Es un derecho innegociable.
SEGUNDO: Debe exigirse el respeto a las sentencias judiciales e iniciarse un juicio penal a quien se niegue a respetar dichas sentencias aplicando el Art. 282, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal, COIP, que determina pena privativa de libertad de uno a tres años para “La persona que incumpla órdenes, prohibiciones específicas o legalmente debidas, órdenes a ella por autoridad competente en el marco de sus atribuciones legales, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a cinco años.”
TERCERO: Exigirse la NULIDAD de la concesión por las siguientes razones jurídicas, legales y constitucionales:
a) Se ha violado el Art. 9 del Código Civil, que establece: “Los actos que prohíbe la ley son nulos y de ningún valor; (…)”.
b) Recordar lo prescrito en el Art. 10 del Código Civil: “En ningún caso pude el juez declarar válido un acto que la ley ordena sea nulo.”
c) Recordar que el Art. 1485 del Código Civil señala: “Los actos y contratos que la ley declara inválidos, no dejarán de serlo por las cláusulas que en ellos se introduzcan y en que se renuncie la acción de nulidad.”
d) Exigir se considere lo determinado en el Art. 82 de la Constitución: “El derecho a la seguridad jurídica se funda en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas a aplicadas por la autoridad competente.”
e) Exigir se respete el Art. 424 de la Constitución, que ordena: “La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico. Las normas y los actos del poder público deberán mantener conformidad con las disposiciones constitucionales, en caso contrario carecerán de eficacia jurídica.”
f) Tomar en cuenta lo garantizado en el Art. 12 de la Constitución: “El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida.” (40-101)
Cuenca, septiembre del 2024.
¡LA PATRIA NI SE VENDE NI SE RINDE!
¡LA PATRIA CON EL ALMA SE DEFIENDE!
¡VIVA EL ECUADOR LIBRE Y ETERNO!
Muy bien estimado Diego, por fin aparecen propuestas concretas
ResponderBorrarGracias Dr Diego Delgado , Usted es y será siempre un magnífico Abogado , de nuestra ciudad de Cuenca y sus propuestas basadas en leyes de nuestro país , nos ayuda a seguir en la lucha por defender nuestro Patrimonio.
ResponderBorrarExcelente explicación sobre el tema minero y la preservación del agua para Cuenca
ResponderBorrarGracias Diego, tu analisis y sugerencias son claras. Es ovbio que los intereses de las trasnacionales y de grupos de gobierno sobre los recursos naturales, son groseros y codiciosos. Pero la ley esta del lado de la vida y el respeto de la desicion tomada por Cuenca y el Azuay. Quimsacocha, no se toca!
ResponderBorrarConciso y preciso estimado Diego, no más vueltas y argucias , simplemente Cuenca DECIDIO ya “NO A LA MINERIA LEGAL O ILEGAL” Sr. GOBIERNO !
ResponderBorrarSegún vemos su escrito, son algunas gestiones o caminos legales y jurídicos que existen y fortalecen la caída de este proceso o concesión minera. Lo importante sería que ya alguien o grupo lo lidere desde ya y se efectúe. El gobierno no va a dar marcha atrás
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