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domingo, 21 de septiembre de 2025

UNA NUEVA CONSTITUCIÓN Y LOS INTERESES DEL AZUAY

 El presidente Noboa dice que convocará a una Asamblea Nacional Constituyente para los próximos meses. Es evidente que tiene intenciones notorias e inocultables con este empeño. La víspera de su anuncio, conviene recordar, se produjo una enorme movilización social en contra de la contaminación del agua en el caso de la explotación de la mina Quimsacocha.

Resulta notorio que el presidente tiene compromisos muy grandes con la multinacional Dundee Precious Metals, que se expresan en dos hechos: el no haber archivado su explotación ante un clamor tan colosal como el exteriorizado por toda la provincia del Azuay, y, segundo, el haber pedido en forma expresa que el Alcalde de Cuenca y el Prefecto del Azuay atiendan una demanda de arbitraje de esta compañía en la ciudad de Londres.

No habría ninguna razón para un arbitraje, en ninguna parte del mundo; primero, porque prohíbe esos arbitrajes, en forma expresa, el Art. 422 de la Constitución vigente y porque el pueblo decidió su rotunda oposición a esos arbitrajes en consulta popular en abril del 2024, salvo que el gobierno nacional, en forma inconstitucional y a espaldas del país, burlándose de la opinión del pueblo, hubiese firmado algún compromiso de arbitraje internacional en ese sentido, comprometiendo al país.

En El Universo, del viernes 2 de mayo del 2025, pág. 8, la compañía SOLGOLD, concesionaria de la mina “Cascabel” de la provincia de Imbabura (una de las mayores reservas del mundo en oro, plata y cobre), informa que dicha empresa firmó un compromiso de Arbitraje Internacional “bajo las reglas de la Cámara de Comercio Internacional, con sede en Londres”. Indica además que se suscribió ese compromiso con la venia del gobierno y la aprobación expresa del Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca del Ecuador.

Cabe preguntar: ¿No será que también existe firmado algún compromiso similar para algún arbitraje internacional sobre la explotación de la mina azuaya de Quimsacocha? El presidente se refirió, con absoluta precisión, al arbitraje de Londres. ¿Es posible conseguir el contrato de explotación minera a favor de la Dundee Precious Metals y revisar la cláusula para dirimir diferencias en caso de haberlas? ¿No alegarán desde el gobierno que existe un compromiso de “confidencialidad” o encubrimiento?

Con una nueva Constitución, donde el proceso de consulta manejaría el actual CNE dirigido por Diana Atamaint, y cuando anuncia que se elegirían los asambleístas por plancha (para asegurarse la mayoría), resulta evidente que el gobierno pretendería eliminar el requisito actual del Art. 57, numeral 7, de la Constitución, relativo a la “consulta previa e informada” sobre planes y programas “de prospección, explotación y comercialización de recursos no renovables” que se encuentren en tierras “de comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas”, así como allanaría todo obstáculo o requisito para entregar las minas, el petróleo y todos los recursos naturales como es su evidente y notoria intención. ¡Estamos advertidos de sus afanes e intereses!

Con el actual texto constitucional no podría hacer lo que le da la gana en este campo, más aún cuando el Art. 106, inciso tercero, de la Constitución, ordena que “El pronunciamiento popular será de obligatorio e inmediato cumplimiento”, consulta que ya se llevó a efecto el 7 de febrero del 2021, y cuyos resultados están vigentes. Con una nueva constitución, hecha a la medida de los intereses de las corporaciones extranjeras, y con mayoría bajo su control, todo lo anterior podrían derogar. ¡Allá van!

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