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martes, 9 de abril de 2024

CASO GLAS: ASILO Y CONFLICTO

1. Cuando la Fiscal General anunció un juicio por peculado al “Comité para la Reconstrucción y Reactivación de Manabí”, presidido por Jorge Glas, por el manejo no justificado de USD 3.500 millones de dólares, utilizados luego del terremoto de dicha provincia; y, además, se difundió que su computador personal fue entregado a la Fiscalía por parte de una colaboradora cercana atemorizada, Jorge Glas ingresó a la Embajada de México para pedir protección diplomática el 17 de diciembre del 2023.

2. Daniel Noboa, luego del ingreso de Glas a dicha embajada, declaró a Telerama, y recogió diario Expreso del miércoles 3 de enero del 2024, pág. 3, que “entregará el permiso (el salvoconducto) a Jorge Glas si se enmarca en lo legal (…) advirtió que podría quedar atado de manos si ese asilo cumple con todos los parámetros legales y que no le quedaría otra alternativa que hacerlo, aunque eso no sea muy de su agrado.” Se supone que este proceder era parte del acuerdo político con la Revolución Ciudadana y el PSC, aliados en el cogobierno. Si hubiese pensado en luchar contra la corrupción y la impunidad no habría realizado esa alianza.

3. El Art. 41 de la Constitución establece al respecto: “Se reconocen los derechos del asilo y refugio, de acuerdo con la ley y los instrumentos internacionales de derechos humanos.” La “Declaración Universal de los Derechos Humanos”, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su Art. 14.1 determina que “En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo (…)”  El Art. 14.2 precisa sus límites: “Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes (…)”

4. ¿Jorge Glas es perseguido político? En ningún caso. Revolución Ciudadana, a la que pertenece, tiene un acuerdo de gobernabilidad con el PSC y ADN de Noboa, y juntos han aprobado las leyes propuestas por el Ejecutivo, que incluyen condonación de obligaciones fiscales por más de dos mil millones de dólares a poderosos monopolios, facilitar la entrega de la transmisión eléctrica a manos privadas, o viabilizar el alza del Impuesto al Valor Agregado o a las transacciones mercantiles (IVA) del 12% al 15%. Sus bloques legislativos forman parte de la alianza gubernamental.

5. El ex vicepresidente tiene dos sentencias ejecutoriadas en firme, por delitos comunes, que no ha cumplido sino en forma parcial: una por el caso Odebrecht, y, otra, por “Sobornos 2012-2016”. Según el Art. 20 del COIP deberían sumarse las condenas, lo que significaría su prisión por 14 años, pero está libre. Salió de la cárcel, con la venia y colaboración del régimen de Guillermo Lasso, luego que el bloque legislativo de la Revolución Ciudadana (entonces UNES) viabilizó la vigencia de la Ley Orgánica de Desarrollo Económico, impuesta por el FMI, durante ese gobierno.

6. El Art. 3 de la “Convención de Caracas sobre Asilo Diplomático”, de 1954, determina: “No es lícito conceder asilo a personas que al tiempo de solicitarlo se encuentren inculpadas o procesadas ante tribunales ordinarios competentes y por delitos comunes, o estén condenadas por tales delitos y por dichos tribunales, sin cumplir las penas respectivas (…)” Estas regulaciones inobservó México con Jorge Glas. Cabe preguntar: ¿Entregó copias certificadas de las sentencias por delitos comunes, contra Jorge Glas, el régimen de Noboa a López Obrador cuando formaban parte de la alianza política? Es prudente recordar que, por el mismo caso de sobornos de la Odebrecht, pidió asilo a Uruguay Alan García, ex presidente de Perú; el gobierno de Tabaré Vásquez no aceptó esa solicitud por esta regulación.

7. La “Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas”, de 1961, en su Art. 22, consagra: “Los locales de la misión diplomática son inviolables. Los agentes del Estado receptor no podrán penetrar en ellos sin el consentimiento del jefe de la misión” y “El Estado receptor tiene la obligación especial de adoptar todas las medidas adecuadas para proteger los locales de la misión contra toda intrusión o daño”. También se produjo su grave incumplimiento y se crea un precedente muy riesgoso para verdaderos perseguidos políticos en toda América Latina. ¿Opositores por motivos políticos podrían ser sacados a la fuerza, de las legaciones diplomáticas, por regímenes autoritarios en todos los países de América Latina y del mundo?

8. ¿Tenía alternativa Ecuador frente al proceder de México? Por supuesto. Negarse a otorgar el salvoconducto para que no pueda el convicto abandonar el país. En el caso de María de los Ángeles Duarte, según denunció el embajador de Argentina en Buenos Aires, el gobierno de Lasso, en forma expresa, retiró a la policía para que ella abandonara el local diplomático y se cumpliera un acuerdo político con UNES o RC. Todo estaba organizado al mínimo detalle para que saliese por tierra a Colombia sin ningún inconveniente.

9. ¿Puede descartarse un tinglado concertado? ¿Había necesidad de expulsar a una embajadora por frases que no fueron suyas? ¿No era suficiente convocarle para expresarle el malestar por las calculadas frases de López Obrador, que repetía las de Correa? Resultaba obvio que se iban a romper relaciones diplomáticas. Se actuó de modo obvio para eso. ¿Estaba previsto que, con la salida de la embajadora, lleve en su vehículo diplomático a Glas para ingresar al avión hércules que ofreció enviar el gobierno mexicano?

10. ¿Este incidente, conducido en la forma descrita, beneficia o no a López Obrador y a Daniel Noboa en sus campañas electorales? ¿Alguien puede suponer que es ingenuo, casual y no meditado, el riesgo purificador de cambiar una calidad de prófugo autor de delitos comunes y comprobados, sancionado por la justicia, por el estatus de “perseguido político”? ¡Todo se encubren entre privatizadores y oligarcas de una misma alianza! ¡Veamos el real desenlace y lo que acontece con Glas, sobre todo luego de la consulta del 21 de abril! De paso, ¿quién se acuerda de los casos metástasis, purga, entre otros, y de sus gestores?

Quito, abril del 2024.

¡LA PATRIA NI SE VENDE NI SE RINDE!

¡LA PATRIA CON EL ALMA SE DEFIENDE!

¡ESTA PATRIA TIENE QUIEN LA AMA Y LA DEFENDERÁ!

 

¡MOVIMIENTO PATRIÓTICO “ECUADOR LIBRE Y ETERNO”!





jueves, 8 de febrero de 2024

ECUADOR: ¿EN QUÉ MANOS ESTAMOS?

 1. DIPLOMACIA DEFECTUOSA

1.1. Luego que Daniel Noboa anunció que enviará chatarra militar de Rusia, a los EE UU, el embajador ruso en Quito, Vladimir Sprinchan, advirtió, el 11 de enero del 2024, que esa decisión, aunque aleguen que es chatarra –aspecto que no lo admitía- se consideraría como “un paso poco amistoso” por parte de su país, y que constituiría una “violación de la postura de neutralidad” declarada antes por el presidente, quien agregó que Ecuador, a cambio de la supuesta “chatarra”, recibiría de EE UU “USD 200 millones de dólares en equipamiento moderno”. ¡Fue un anuncio preciso y oportuno!

1.2. Se presentó entonces una segunda clarinada. La portavoz del gobierno ruso, María Zajarova, al ser preguntada sobre estas intenciones del gobierno de Ecuador, respondió en Moscú: “Nuestros socios están perfectamente enterados de las obligaciones estipuladas en los contratos, incluido el compromiso de usar los bienes que adquieren para los fines anunciados y no traspasarlos a terceros, sin obtener el permiso correspondiente de la parte rusa. Suponemos que la parte ecuatoriana ha tomado una decisión tan irreflexiva bajo la seria presión de personas concernidas desde el exterior. Si se tratara de “chatarra”, según lo denomina Ecuador, es poco probable que Washington le hubiera ofrecido a cambio vehículos modernos que, entre otras cosas, cuestan unas sumas considerables. Esperamos que Quito se dé cuenta de esto.”

1.3. Como indica el viejo adagio: “A buen entendedor pocas palabras.” Resulta evidente que nuestras autoridades están en las nubes ante un expreso compromiso contractual. Salvo que su intención oculta, acatando voluntad ajena, sea lesionar importantes relaciones binacionales con el tercer socio comercial del Ecuador. Están destruyendo una línea sensata de no alineamiento de nuestro país.

 

2. CONDUCTA INCOMPRENSIBLE

2.1. En el 2023, Ecuador vendió a Rusia más de 71 millones de cajas de banano, por USD 757 millones de dólares, equivalentes al 30% de ese mercado. Ese volumen significa una exportación garantizada de 63 millones mensuales y más de dos millones al día. Rusia recibe el 21,12% del total de la producción bananera del país y brinda ocupación y medios de sobrevivencia para decenas de miles de trabajadores y sus familias. Por ello Rusia, este 3 de febrero del 2024, acaba de retirar a cinco empresas de Ecuador sus permisos de ventas. Tercera advertencia. No es una causa fitosanitaria sino una respuesta al proceder insensible y candoroso del gobierno nacional sobre el asunto de las armas rusas. ¿Resulta una conducta responsable comprarse un pleito ajeno y gratuito? ¿Con qué seriedad se maneja el país?

2.2. No acaba allí el asunto. El 4 de febrero se informa que Rusia suspende la importación de claveles y rosas, justo en vísperas de la fiesta de San Valentín, el 14 de febrero; cuando se vende gran parte de las flores por el día del amor. ¡Lo inconcebible e inédito es que este golpe a la producción agrícola del país, colocando en riesgo de desamparo, en forma dolorosa, a incontables miles de familias nacionales, lo provoca el propio gobierno, sus asesores ajenos al interés nacional, y de una canciller despistada que evidencia dudosa idoneidad! ¡Ecuador es una República y no una empresa privada! ¡Actúen con seriedad! ¡En Colombia y otros países y continentes deben frotarse las manos esperando estos cupos regalados y obtenidos por Ecuador tras muchos años de esfuerzo sostenido! ¿Se percatará el gobierno de las demoledoras consecuencias de sus incomprensibles decisiones en contra de los intereses nacionales? ¡Dejan la impresión que no disponen de la menor comprensión de sus responsabilidades? ¿Comprenden lo que hacen?

 

3. LA GUERRA: UN TEMA MUY SENSIBLE PARA RUSIA

3.1. Si algún pueblo del planeta conoce los efectos devastadores de las guerras, es el de Rusia. Los rusos saben que en este conflicto se dirime su sobrevivencia nacional. Henry Kissinger, uno de los puntales del Nuevo Orden Mundial y el globalismo, el 15 de enero del 2015, anunciaba de la necesidad inminente de destruir a China, Rusia y “poner el último clavo en el ataúd de Irán”. Agregando que “si todo va bien, la mitad de Oriente Medio será israelí. La próxima guerra que viene será tan grave que solo una superpotencia puede ganar, y esa somos nosotros. ¡Oh cuánto he soñado con este momento!” Toda la planificación detallada de lo que hoy sucede con Rusia, con sus secuelas de cercarle, de manera planificada, con fuerzas inamistosas, la diseñó la “Rand Corporation”, entidad vinculada al Pentágono y la OTAN, con el objetivo de desmembrar y destruir a la Federación Rusa. Es un proceder aventurero y demencial que coloca a la humanidad entera al filo de un holocausto nuclear.

3.2. Un ejemplo claro de su extrema e implacable sensibilidad sobre este conflicto fue la separación de Rafael Correa de “Rusia Today”, apenas se pronunció a favor del fascista Volodimir Zelensky, conforme consta en video que está en redes y que lo difundió el periodista chileno Patricio Marybell, antes allegado y defensor de Correa. La invasión a Rusia, utilizando a Ucrania como punta de lanza, se organizó desde el 2014, con el golpe de Estado auspiciado por la OTAN, EE UU y George Soros a favor de Zelensky, y se pretendía concretarlo el 14 de marzo del 2022; por eso los rusos se adelantaron el 24 de febrero y se tomaron, de entrada, los laboratorios de armas biológicas. Existe amplia documentación y denuncias en la ONU al respecto. Rusia y la Unión Soviética en la II Guerra Mundial perdieron más de veinte millones de vidas frente al nazismo, y miraron desaparecer 1.710 ciudades y aldeas desde 1941 a 1945. No entender estos aspectos, sobre su extrema sensibilidad y prolijidad, es una lamentable omisión y extravío. ¿Cómo reaccionaría Ecuador si en un conflicto armado internacional, que ojalá nunca suceda, un tercer país se alinea con sus adversarios? ¿Es tarde para enmendar?

 

Quito, febrero del 2024.

 ¡LA PATRIA NI SE VENDE NI SE RINDE!

¡LA PATRIA CON EL ALMA SE DEFIENDE!

¡ESTA PATRIA TIENE QUIEN LA AMA Y LA DEFENDERÁ!

¡VIVA EL ECUADOR LIBRE Y ETERNO!


LOS INGRESOS EXTRAORDINARIOS EN EL GOBIERNO DE G. LASSO QUE NO SE CONOCEN

 QUE USO SE DIERON? … SIN RENDICIÓN DE CUENTAS


 1. UN PRESIDENTE PROCLAMADO POR UN CNE DE BOLSILLO AUSPICIADO POR CORREA Y NEBOT

1.1    Guillermo Lasso, instalado como finalista y luego proclamado como presidente por decisión del CNE de bolsillo (auspiciado por Correa con dos vocales, Nebot con uno, y el propio Lasso dos), organismo nominado el 16 de noviembre del 2018, dirigido por Julio César Trujillo, no ha rendido cuentas a nadie por el manejo económico de fondos de miles de millones de dólares ADICIONALES, las concesiones y sus terribles responsabilidades en la seguridad ciudadana y violencia social.

Actuó sin oportuna fiscalización ni control político en buena medida por la inconstitucional aplicación de la muerte cruzada, que según el Art. 148 de la Constitución debía aplicarse solo por “grave crisis política o conmoción interna”.

1.2. A pesar de no cumplir los requisitos establecidos en la Constitución (“grave crisis política o conmoción interna”), la Corte Constitucional le concedió la razón jurídicamente inexistente para que Lasso pavonee su impunidad, impedir su juicio político (en acuerdo con Correa) para que no se sepa de sus responsabilidades en el caso Plan Padrino (el manejo de USD 14 mil millones de dólares del petróleo, sector eléctrico y telecomunicaciones, por parte de sus allegados que, ante las denuncias, huyeron inmediatamente del país), así como de la Operación León de Troya, o actividades del llamado Cartel de Albania, que también afectaba a su entorno, investigación empezada en el 2019, cuyo informe lo presentó un colectivo de 37 oficiales e investigadores escogidos por la Policía Nacional del Ecuador con asesoramiento de la DEA, de EE UU, y de la Europol, policía de la Comunidad Económica Europea. Información que todavía está ocultada.

1.3. Al suspenderse el juicio político todo quedaba en la penumbra. Pero antes de cerrar la Asamblea Nacional, como parte del acuerdo, dejaron que se posesione el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social ante la propia Asamblea, conforme obliga el Art. 120, numeral 11, de la Constitución, organismo que lo dirigía Alambert Vera, entidad que tuvo una votación menor al nueve por ciento del electorado nacional. ¡Todo amarrado!

 

2. MILES DE MILLONES DE DÓLARES ADICIONALES NO DEBIDAMENTE FISCALIZADOS

 2.1. El régimen de Lasso recibió y gozó de mucho dinero no presupuestado, como aconteció con el elevado precio del petróleo debido a la guerra entre Rusia y la OTAN, sobre Ucrania. En el Presupuesto General del Estado, para el 2022, se estimó un valor de 56 dólares por barril, pero subió el precio promedio, durante más de un año, a USD 120 a 127 dólares. El precio adicional llegó a 64 a 71 dólares adicionales por barril. Según varios analistas, por cada dólar de incremento del barril en el ingreso anual significa USD 70 millones. Si solo calculamos 60 dólares de incremento por cada barril, hablamos de un ingreso extraordinario y nunca presupuestado de USD 4.200 millones de dólares. Más de ocho veces los 500 millones que decían requerir para superar la crisis eléctrica, y 3,23 veces los USD 1.300 millones que dice el régimen que obtendría subiendo el impuesto del IVA del 12% al 15%. Pero si calculamos a 65 dólares de incremento promedio en cada barril, la cantidad se elevaría a mucho más: a USD 4.450 millones de dólares. ¿A dónde fue ese dinero? ¿Qué autoridad u organismo ha fiscalizado?

2.2. Con la Ley Orgánica de Desarrollo Económico, publicada en el Registro Oficial del 29 de noviembre del 2021, e impuesta por el FMI, que se suponía permitiría obtener USD 1.900 millones adicionales en el año 2022, vigente gracias a la colaboración parlamentaria del correísmo (preludio de la libertad de Jorge Glas), se estima que su régimen obtuvo USD 2.722 millones, y se lo volvió a aplicar en el año 2023 (por autorización de la Corte Constitucional), lo que significa que con nuevos impuestos, en estos dos años, se sacó del bolsillo del pueblo la cantidad adicional y extraordinaria de USD 5.444 millones de dólares. Sumamos USD 9.644 millones. Y solo estimando en 4.200 millones por el precio del barril de petróleo.

2.3. Según información de Guillermo Avellán, gerente general del Banco Central, publicada en El Universo del viernes 8 de septiembre del 2023, pág. 6, el 20 de julio del 2023 habían USD 9.016 millones de dólares en la reserva monetaria. Pero 40 días después, el 1 de septiembre, se admite una reducción a USD 6.905 millones, lo que significa que, sin razones convincentes, se llevaron, de la reserva monetaria, en solo 40 días, USD 2.111 millones de dólares. Suman USD 11.755 millones.

2.4. No obstante, en revelación de Augusto de la Torre, funcionario del Banco Mundial, ahora solo existen, en la Reserva Monetaria, USD 4.000 millones de dólares. El Universo, lunes 8 de enero del 2024, pág. 6, lo que significa que en seis meses la reserva monetaria bajó en más de cinco mil millones de dólares. Habría que precisar qué porcentaje de ese monto se tomó en el régimen de Lasso, y cuál en el gobierno de Daniel Noboa. Lo publicó El Universo, del lunes 8 de enero del 2024, pág. 6. No se toma en cuenta este aspecto.)

2.5. Cabe destacar que solo en el 2023 manejaron fondos de la Seguridad Social por USD 2.877 millones de dólares. USD 1.250 millones por la retención de una parte del 40 % para las pensiones, y luego se llevaron, en forma adicional, por orden del gobierno de Lasso, USD 1.627 millones a cambio de bonos que por lo general no son honrados ni cumplidos. (El Universo, sábado 23 de septiembre del 2023, pág. 5.) Sumamos USD 14.632 millones.

2.6. A estas cantidades deben agregarse ingresos adicionales por derivados del petróleo y el incremento de ingresos por alzas en las exportaciones de productos del mar, como camarón, así como banano, café, cacao, flores y otros productos. El país tiene, además, derecho imprescindible a conocer qué montos y porcentajes de recursos fiscales se utilizaron para pagar obligaciones de deuda, para revalorizar sus papeles, y determinar sus favorecidos. Mientras no existían ni siquiera medicamentos en hospitales públicos se supone se desviaban miles de millones para pagos de deuda.

2.7. La República requiere que, con toda prolijidad, se conozca con urgencia cuáles son todos los montos reales que se destinaron al pago de papeles de la deuda pública, y se procure determinar si entre los favorecidos están entidades financieras y autoridades del país en funciones, para precisar si existió o no conflicto de intereses y respeto a las normas constitucionales y legales.

 

3. ¿EN QUÉ SE GASTARON OTROS INGRESOS?

3.1. Es imperioso investigar al detalle qué nuevos créditos llegaron al país en los últimos años, cuál fue su monto, así como el uso y las condiciones de dichas nuevas obligaciones financieras para el país. ¿Se utilizó para abonar intereses de créditos atrasados?

3.2. El pueblo también debe conocer toda la verdad sobre la anunciada venta de 1.200 torres de retransmisión de señales de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), cuando habían tres oferentes de EE UU: American Towers Corporation, Phoenix Towers International y SBA Comunications. (Expreso, lunes 20 de septiembre del 2021, pág. 6.) ¿Se vendieron finalmente como era el afán privatizador del régimen de Lasso, aplicando la Ley del Sector Telefónico de Rafael Correa? Gran parte de la información sigue ocultada.

3.3. Ecuador debe conocer las razones por las que el Banco del Pacífico tuvo ganancias de solo USD 5,7 millones en el 2021, cuando deseaban privatizarlo desde la Presidencia, en tanto en el año 2022 sus ganancias totales alcanzaron a USD 296 millones, y solo en ganancias netas se llegó a USD 108,2 millones de dólares. (El Universo, martes 17 de enero del 2023, pág. 7.)

3.4. También deberá investigarse de cómo en el 2022 la CNT tuvo pérdidas por USD 47 millones, en tanto en el 2021 obtuvo una ganancia de USD 64 millones de dólares. Deberá revisarse la extraña y al parecer programada evaporación de ganancias en la última década y ubicar con precisión a sus beneficiarios. ¿Estamos en tiempo del arranche generalizado para succionar dinero de la ciudadanía en función de los afanes privatizadores de los regímenes instalados por el CNE de bolsillo? (El Universo, viernes 3 de noviembre del 2023, pág. 7.)

3.4. Debe transparentarse al detalle las condiciones jurídicas, ambientales y económicas de los cientos de concesiones mineras; de los USD 700 millones de dólares en concesiones para empresas privadas del sector eléctrico (firmado la víspera que Lasso de dejar el poder), debiendo analizarse también, en forma exhaustiva, todas las actividades coordinadas con el ministro de Recursos; la situación jurídica y económica real de los antecedentes y la renovación amarrada de la telefonía celular; el estado de la entrega del campo de gas Amistad (donde todos los oferentes, excepto uno, se retiraron en forma simultánea), el más voluminoso del país, entre otros aspectos. ¡Nada se ha fiscalizado; todo debería verificarse! ¡El pueblo tiene derecho a saber la situación de su patrimonio social y nacional! ¿Cómo dicen que no hay dinero y que deben imponerse más y más impuestos a una población empobrecida al máximo por una oligarquía inhumana, antipopular y antinacional?

 

Quito, enero del 2024.

¡LA PATRIA NI SE VENDE NI SE RINDE!

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¡VIVA EL ECUADOR LIBRE Y ETERNO!

domingo, 12 de febrero de 2023

PROCESO ELECTORAL FRAUDULENTO QUE DEBE ANULARSE EN ECUADOR

1. INCONSTITUCIONALIDAD DEL SISTEMA ELECTORAL ELECTRÓNICO

En el año 2022, Reino Unido e Inglaterra, declararon como inconstitucionales los sistemas electrónicos utilizados para los procesos electorales, por la tremenda vulnerabilidad y facilidad para irrespetar de manera inexorable la voluntad de la ciudadanía. Con anterioridad Holanda, Japón e Islandia, también proclamaron dicha declaración por dos razones: no garantiza la privacidad de los votantes, y sobre todo, porque constituye un mecanismo incontrolable para irrespetar la voluntad ciudadana e imponer resultados falsos y tramposos. 

2. PROCESOS ELECTORALES TURBIOS

Mientras una metodología tramposa es retirada de muchos países, en Ecuador se persiste en utilizar ese sistema que altera resultados con toda facilidad, recordemos que el sistema manual de verificación de las papeletas, y de inmediata difusión de resultados, es más confiable. En menos de tres horas se conocían los datos como cuando fue elegido Jaime Roldós en 1979, Febres Cordero en 1984, Rodrigo Borja en 1988, Durán Ballén en 1992, hasta Abdalá Bucaram en 1996. 

Desde las elecciones del 2019 existe un CNE repartido entre Correa, con 2 vocales, Lasso, otros 2, y Nebot el quinto. Este mismo organismo proclamó a Lasso finalista y presidente, a pesar que ganó en solo dos de 24 provincias: Pichincha y Galápagos. Pachakutik ganó en 14 y UNES en 8 provincias. Los procesos electorales, desde el 2009, usan software manipulados y padrones electorales inflados. No se ha permitido la verificación del sistema electrónico y tampoco de las papeletas, la mayor garantía posible de la transparencia de los resultados. 

3. PADRONES INFLADOS 

En este mes, febrero del 2023, el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, INEC, admite que somos 18´226.721 habitantes, y si consideramos el referente porcentual del último censo que establece que el 66% de la población nacional es mayor de 16 años, tendríamos un total de 12´029.635 electores habilitados. Pero el CNE publica que los votantes habilitados son 13´450.047; teniendo un exceso de votantes fantasmas o inexistentes de 1´420.411 personas. 

4. CENTROS DE DIGITALIZACIÓN CLANDESTINOS 

El vicepresidente del CNE, Enrique Pita, denuncia haber encontrado centros de contabilización electoral clandestina para acomodar resultados con personal del CNE de Guayas. Recordemos que el 8 de mayo del 2009 se encontró un centro parecido, con 221 computadoras y 221 digitadores, en el antiguo local del Supermercado Santa Isabel, en la Garzota, Guayaquil, donde también acomodaban las cifras para proclamar la reelección inexistente del presidente Correa y seguro una mayoría parlamentaria para aprobar leyes antinacionales. 

5. ADJUDICACIÓN ENGAÑOSA Y EXTRAVIADA DE VOTOS 

La vocal del CNE Elena Nájera denuncia haber encontrado que los votos de un candidato se colocan a otro, sustituyéndose a los ganadores y proclamando a los que no corresponde. ¿Alguien puede creer que todas estas irregularidades son obra de la casualidad? Todos los procesos electorales entrañan una colección de procedimientos fraudulentos. Al parecer los candidatos proclamados tienen sus resultados asegurados con antelación, y la ciudadanía acude a sufragar sin suponer que su voluntad no cuenta para nada.


martes, 31 de enero de 2023

Lo que oculta la consulta de Lasso

     LAS VERDADERAS INTENCIONES

Estamos frente a una consulta capciosa. El gobierno de Lasso busca legitimarse luego que en la primera vuelta electoral del 7-II-2021 sólo ganó en dos de 24 provincias: en Pichincha y Galápagos. Para obtener el SI de la ciudadanía propagandiza la extradición de ecuatorianos a países extranjeros, sabiendo de antemano que en esos casos el país receptor debe solicitar a ese ciudadano en forma expresa. México y Colombia poseen la extradición; pero los carteles y violencia siguen intactos.

El régimen pretende legitimar sus verdaderas intenciones, alegando que el pueblo lo apoya para continuar con las concesiones y privatizaciones de los bienes patrimoniales del pueblo ecuatoriano; busca que una parte sustancial de los aportes de los afiliados del IESS vayan a aseguradoras privadas vinculadas con la banca particular.

Anhela renovar en mayo de 2023, la entrega por 15 años de la telefonía celular, hasta el 2038, a favor de las multinacionales Claro y Movistar, con una posible pérdida para el país en alrededor de 75.000 millones de dólares, pues cada año se calcula el promedio de ganancias de cinco mil millones de dólares; recursos que dejará de percibir el Estado.

Son públicos sus compromisos para aplicar impuestos despiadados, siguiendo las “recomendaciones” de organismos multilaterales, como el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial y como ya lo hace con la Ley Orgánica de Desarrollo Económico. Política que revaloriza los bonos de la deuda.

El régimen ansía controlar, utilizando todos los medios, las entidades de Fiscalización y Control Político, como Contraloría y Fiscalía, para gozar de similares condiciones a las de sus predecesores.

El gobierno es un dócil aplicador de las políticas de la globalización como la educación de género y de las tan cuestionadas vacunas experimentales, en forma obligatoria, violando los Arts. 5 y 6 de la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos, de la UNESCO, del 19 de octubre del 2005, que prohíben el uso de medicina experimental y peor en forma obligatoria.

Lasso pretende convertir a las FF AA en una segunda policía, para redoblar en forma intensiva la represión ciudadana, sobre todo en contra de sectores que se oponen a las privatizaciones, a la destrucción de la naturaleza y fuentes de agua.

El régimen no quiso consultar, por nada del mundo: 1) la depuración de una administración de Justicia espantosa; 2) sobre la recuperación de lo robado y la corrupción; y 3) La derogatoria de las leyes de Correa que las aplica encantado.

viernes, 27 de enero de 2023

SALVEMOS LA PATRIA

Una sociedad verdaderamente democrática se basa en el respeto a la voluntad popular. Un gobierno democrático, ejecutivo y legislativo, es el elegido y designado limpiamente por el pueblo en las urnas, respetando su voluntad. La dictadura es el régimen que se encarama sobre la sociedad al margen y en contra de la voluntad íntima y sentimientos de la ciudadanía. No existe posibilidad de equivocarse. Un régimen no elegido, y designado en un proceso turbio o fraudulento, siempre será una dictadura.

El Art. 1 de la Constitución consagra: “La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la autoridad.” En base a los datos oficiales de los CNE, anteriores y actual, restando los ciudadanos en verdad existentes, según las cifras oficiales del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, encontramos que en las campañas electorales, desde el 2009, estaban las cifras de los siguientes votantes fantasmas o inexistentes: 898.552 en el 2009; 1´072.744 en la consulta del 2011, aunque diario Expreso (15—IX-2011) precisa que fueron 1´229.330 al tenor del censo de noviembre del 2010; 1´139.363 en el 2013; 1´617.486 en el 2017; 1´797.102 en las seccionales del 2019; 1´597.100 en el 2021. Por eso no se publican los padrones electorales, como antes si se hacía: para que no asomen los difuntos y los inexistentes.

Súmese un sistema electrónico trucado que nadie puede inspeccionar, los apagones, las juntas intermedias, los centros paralelos o secretos de digitalización de votos (como el encontrado en el 2009 en La Garzota, con 221 computadoras y digitadores, a cargo del propio CNE), el impedimento de abrir las urnas, verificar actas y papeletas. Así se eligen y hasta reeligen presidentes y mayorías legislativas nunca designadas por el pueblo. Con este andamiaje mañoso se proclaman presidentes ilegítimos, mayorías parlamentarias no elegidas pero preparadas para aprobar leyes delincuenciales para las concesiones, privatizaciones, y despojo absoluto del patrimonio social y nacional, así como leyes que propician la corrupción y garantizan la impunidad.

 La Contraloría, Fiscalía, Procuraduría, Administración de Justicia, actúan con sumisión absoluta a los gobiernos de turno, sin cumplir sus funciones a cabalidad. La corrupción desenfrenada campea en la República ante la indignación de una ciudadanía inerme. Frente a las dictaduras electrónicas sucesivas, que buscan enjaular y a despojar la sociedad, en aras de recuperar la democracia, debemos pensar en un gobierno transitorio de salvación nacional, que luego convoque a una Asamblea Nacional Constituyente sin picardías ni fraudes electorales institucionalizados. 

miércoles, 11 de enero de 2023

¿SE PUEDE LUCHAR CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO LAVANDO SU MONEDA?

1. TRES DELITOS PROHIBIDOS DE INVESTIGAR:

1.1. Miren el tercer suplemento del Registro Oficial Nro. 587, del lunes 29 de noviembre del 2021, en el que se publicó la “Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID 19”, y verifiquen que desde el Art. 15 están las normas que permiten traer dinero al Ecuador durante todo el año 2022, de cualquier origen, legal o no legal, y puedan “limpiar” o “blanquear” la moneda de quienes se acojan a este “Régimen Impositivo Especial”.


1.2. Lean el Art. 25 de esta Ley, en la pág. 40 del suplemento referido, respecto a los “Efectosdel acogimiento al Régimen Impositivo Especial”. Los beneficios de traer cualquier capital a Ecuador, constan en el tercer inciso de este artículo, donde encontrarán la siguiente disposición redactada y enviada desde la propia Presidencia de la República, firmada por Guillermo Lasso Mendoza; que dice así:

“No se iniciarán respecto a los sujetos pasivos que se acojan al régimen impositivo previsto en el presente libro, procesos de investigación penal por delitos de enriquecimiento privado no justificado, defraudación tributaria ni defraudación aduanera establecidos en el Código Orgánico Integral Penal.”

“No se iniciarán respecto a los sujetos pasivos que se acojan al régimen impositivo previsto en el presente libro, procesos de investigación penal por delitos de enriquecimiento privado no justificado, defraudación tributaria ni defraudación aduanera establecidos en el Código Orgánico Integral Penal.”


2. EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDADES JURÍDICAS:

Los tres DELITOS por los que, en forma imperativa y por extraño mandato legal, “no se iniciarán (...) procesos de investigación penal” y que están incluidos en el Código Orgánico Integral Penal, COIP, son los siguientes:

a)     “por delitos de enriquecimiento privado no justificado”; como podría ser perjudicar al fisco, llevarse dinero de sobreprecios u otro origen ilegal, o vender cualquier “harina blanca” no autorizada. Allí se están enriqueciendo de manera no justificada. En todo caso, con esta cobertura legal, pueden “lavar la moneda” por delito “de enriquecimiento privado no justificado”. ¡Por regulación jurídica expresa les protegen y prohíben de manera imperativa, mediante ley impulsada por el gobierno de Guillermo Lasso, procesos de investigación penal de delitos contemplados en el COIP!

Este delito, sancionado en el Art. 297 del Código Orgánico Integral Penal, COIP, con pena de prisión de 3 a 5 años, no rigió para quienes durante todo el 2022 hubiesen traído dinero de “enriquecimiento privado no justificado”, por expresa iniciativa del presidente Lasso. ¡Hasta podrían utilizar este dinero “legalizado y limpiecito”, sin límite de monto, en concesiones o privatizaciones!

Dice la mencionada norma del COIP: “Art. 297.- Enriquecimiento privado no justificado.- La persona que obtenga para sí o para otra, en forma directa o por interpuesta persona, incremento patrimonial no justificado mayor a doscientos salarios básicos unificados del trabajador en general, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años.” Cualquier persona que, con esta ley, hubiese transferido al Ecuador dinero de este origen, sin límite de monto alguno (puede ser uno y cientos de millones de dólares), por propuesta presidencial ya vigente, quedaba exonerado de cualquier responsabilidad y su dinero quedaría “limpiado” y “blanqueado”. ¡Y, como miraremos, toda esa información será secreta o reservada!

b)    Por “defraudación tributaria”. Este delito, entre otras formas, lo pueden cometer y lo ha cometido cualquier persona o grupo que posea y esconda dinero en los paraísos fiscales para no pagar tributos en el Ecuador. Esta regulación podría servir para que dinero que hubiese estado en paraísos fiscales (como los detectados por PANDORA PAPERS) sean transferidos al Ecuador durante todo el año 2022 y, de ser el caso, hasta podían traspasar y guardar ese dinero de paraísos fiscales a un banco propio, de ser el caso, sin ningún problema. Nadie puede investigar este delito “por mandato expreso de la ley”. ¡Porque lo prohíbe el Art. 25, inciso tercero, de la “Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID 19”!

Es tan clara la maniobra, para auto beneficiarse, y la “amarrada de la balsa”, que en el segundo inciso del Art. 25, que comentamos, se señala, como anillo al dedo e inocultable dedicatoria: “Se darán por cumplidas las obligaciones tributarias de impuesto a la renta e impuesto a la salida de capitales, según corresponda, únicamente sobre los bienes, activos, rentas, ingresos o transferencias incluidos en la declaración juramentada. (De lo que están ingresando al país.) Sobre tales bienes, activos, rentas, ingresos o transacciones, el servicio de Rentas Internas no podrá establecer sanciones ni proceder al cobro de intereses y multas.”

Cabe recordar que el caso PANDORA PAPERS se denunció el 3 de octubre del 2021, luego que más de 600 periodistas relevantes de 117 países, revisaron 11,9 millones de documentos de entidades financieras de todo el mundo, incluyendo algunos paraísos fiscales, y ubicaron “los tratos secretos y los activos ocultos de más de 330 políticos y funcionarios al más alto nivel”, por cientos de miles de millones de dólares. La denuncia la hizo el Consorcio Internacional de Periodistas, UCIJ, entre ellos a 35 jefes y ex jefes de Estado. En América Latina asomaban, con cuentas apreciables en paraísos fiscales, los presidentes en funciones de Ecuador, Guillermo Lasso, de Chile, Sebastián Piñera, y el de República Dominicana, Luis Abidaner. 

Con una circunstancia jurídica muy especial para el caso del Ecuador, donde quien dispone de dinero en paraísos fiscales, por decisión de consulta popular, no podía ni puede ejercer una función pública, incluyendo la Presidencia de la República. Pero si, además, quien se posesionó juró que no tenía impedimento legal para asumir esas funciones, podría ser enjuiciado por perjuro. En octubre del 2022 se hizo la denuncia de PANDORA PAPERS y en el mes siguiente ya se publicó esta norma jurídica en el Registro Oficial. Una vez transferido ese dinero desde uno o varios paraísos fiscales hasta Ecuador (catorce según los periodistas denunciantes) desaparecerían los vestigios de dinero en los paraísos fiscales. Cabe preguntar: ¿Se legisla o no con dedicatoria?

c)     Por “defraudación aduanera”, que puede haberse incorporado para despistar a los curiosos, o para ayudar a algunos allegados que se beneficiarían con esta norma y con esta ley.


3. LA RESERVA O SECRETO DE LA DECLARACIÓN JURAMENTADA

El Art. 23, inciso cuarto, de esta misma ley, relativo a la “Declaración Juramentada”, advierte que “La declaración juramentada tendrá el carácter de reservada.” Es decir que nadie difundirá ni se enterará sobre el dinero que llegaría para ser “lavado” en Ecuador. ¡Nadie, absolutamente nadie! Le podrían aplicar al infractor de esta norma encubridora el Art. 180, numeral 1, del Código Orgánico Integral Penal, y le pondrían preso de uno a tres años. Aparte que, a este nivel, todos los funcionarios son sumisos verificados.

Este marco jurídico deja en letra inservible el último inciso de este Art. 25, que declara “El acogimiento al régimen impositivo previsto en el presente libro, no exime al sujeto pasivo al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la “Ley Orgánica para la Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y Financiamiento de Delitos”. Cabe preguntar: ¿Esta actividad, de falsa preocupación, no permite el “enriquecimiento privado no justificado”? ¿Si la información es secreta o reservada, por expreso mandato jurídico, quien puede investigar sin ir preso?

El Art. 22 de la Ley Orgánica de Desarrollo Económico, por su parte, determina una tarifa única para todo el dinero que ingrese “para lavarse” o “blanquearse” por los motivos aludidos: el 3,5% para lo que llegue al país hasta el 31 de marzo del 2022, el 4,5% de lo que ingrese hasta el 30 de junio, y el 5,5% hasta el 31 de diciembre del 2022. ¡Sin límite de monto a “limpiar”!


4. REFLEXIONES ELEMENTALES

4.1. Lasso y sus asesores saben y conocían a la perfección que estas actividades son delincuenciales, por ello pide de manera expresa que conste en la ley, para que quienes traigan cualquier cantidad de dinero para el Ecuador, en todo el año 2022, que “No se iniciarán (...) procesos de investigación penal por delitos de enriquecimiento privado no justificado, defraudación tributaria ni defraudación aduanera establecidos en el Código Orgánico Integral Penal.” Lo conocían a la perfección, y por ello colocaron esta salvedad y protección jurídica muy útil para quienes “laven dinero”. ¿Así, con estos métodos, se lucha contra el crimen organizado transnacional?

4.2. Lavar moneda no es una forma de lucha contra “el crimen organizado transnacional”, como pretende reivindicar el gobierno de Lasso al colocar una propuesta de apariencia sugestiva en la primera pregunta de la consulta para el 5 de febrero del 2023, con una práctica absolutamente contradictoria y escandalosa. Esta redacción es un simple anzuelo para intentar que la gente despistada le apoye en todas las preguntas, que en sus anexos disponen de muchas otras trampas y  zancadillas para acumular y permanecer en el poder para continuar privatizando y concesionando más bienes nacionales en desmedro del patrimonio público.

4.3. Quienes en forma engañosa le apoyen a Lasso en la consulta del 5 de febrero del 2023, le estarían brindando un espaldarazo político para que, con las leyes ya aprobadas por el régimen de Rafael Correa, siga concesionando o privatizando el gas del Golfo de Guayaquil (el campo Amistad), el petróleo y las minas todavía no transferidas, la entrega de la telefonía celular desde el 2023 cuando menos hasta el año 2038, la transferencia de las centrales hidroeléctricas, la venta de tierras rurales, ferrocarriles y correos del Estado, el Banco del Pacífico (que en el año 2022 ha obtenido muchas más ganancias que el Banco de Guayaquil, propiedad de Lasso), la Flota Petrolera Ecuatoriana (FLOPEC), la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), además que siga en su empeño de apoderarse de parte del patrimonio del IESS (como se vislumbró desde 1998 en el gobierno de Jamil Mahauad y Gustavo Noboa), entre otras perspectivas.

Es preciso estar vigilantes porque con un CNE de bolsillo, como el que existe y le proclamó presidente (luego de haber ganado en la primera vuelta en solo dos de las 24 provincias, Pichincha y Galápagos), cualquier resultado, incluso falso, puede esperarse.

4.4. La supuesta lucha contra “el crimen organizado transnacional” queda desnudada una vez más cuando toda la prensa del país el día 18 de noviembre de este mismo 2022 publica, en forma coincidente y precisa, que, de manera simultánea y a la madrugada de la víspera, se “fugaron” 20 reclusos de los pabellones 3, 5 y 12, de la Penitenciaría del Litoral, como lo informa al detalle diario Expreso, del viernes 18 de noviembre del 2022, pág. 4. Titula esta información, a todo lo ancho de la plana, en forma mordaz: “Una fuga “sin inconveniente”. Ese mismo día, en la primera página de El Universo, se titula: “Aún no se conoce número exacto de presos fugados de Penitenciaría del
Litoral”, y en letra grande, como subtítulo, se lee: “Según datos que trascendieron desde el interior del reclusorio, serían al menos 20 los fugados, de los cuales dos fueron recapturados.” En días sucesivos se coloca que “tras la fuga de reos” el gobierno constata que “no existen novedades”. Queda flotando una pregunta: ¿Se fugaron, o los dejaron salir en forma simultánea por acuerdo o entendimiento? ¿Es confiable entonces el proceder del régimen caracterizado por sus mentiras constantes y encubrimientos permanentes

4.5. El gobierno siempre, con todo estrépito, finge y simula “condenar” a los jueces que exoneran de responsabilidades a supuestos culpables, donde se incluyen ex asesores de la Presidencia de Correa, que dan fallos “a favor de presuntos narcos”. Expreso del jueves 22 de diciembre del 2022, pág. 4, indica que han capturado 20 toneladas de droga “con la ayuda de los EE UU”, pero que el juez José Luis Alarcón Bowen “asesor de la presidencia en el 2016” declaró la inocencia de los 18 procesados y capturados. Si las críticas de Lasso fuesen sinceras, cabe interrogarse: ¿Por qué entonces no puso una pregunta para depurar la administración de Justicia, que la mayoría absoluta de la población desconfía, donde están 2.033 jueces colocados en esas funciones por el correismo, luego de sacar de sus funciones, de manera inconstitucional, a todos los jueces insumisos con el referido gobierno represor y privatizador de toda la riqueza nacional? ¡Esos jueces a los que condena el gobierno de labios para fuera, seguirán empotrados en sus funciones gracias a la conducta concertada, permisiva y cómplice de Guillermo Lasso! ¡Es una prueba adicional del acuerdo y continuidad lassista correista!

4.6. ¿Por qué Lasso “olvida”, en forma deliberada y calculada, que el fascismo del siglo XXI asaltó toda la administración de Justicia mediante el fraude electoral en la consulta del 7 de mayo del 2011, cuando “aparecieron” 1.229.330 votantes fantasmas o inexistentes? (Expreso, 15 de septiembre del 2011, pág. 2.) ¡Todo es un engaño! ¿Por qué el régimen no hizo una pregunta para cuando menos recuperar el dinero sustraído al Estado desde el año 2007 como ofreció de manera engañosa en el proceso electoral? ¿Porque le proclamaron presidente, sin jamás permitir la verificación de actas y papeletas, ni revisar el sistema electrónico electoral, con el compromiso y condición de brindar impunidad absoluta a su benefactor y padrino del mismo modo que le entregaron la Presidencia a Lenin Moreno Garcés? ¡Sus escandalosos compromisos son notorios y evidentes! 


5. LOS IMPUESTOS MULTIPLICADOS CON ESTA LEY

La “Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID 19”, en las que encabalgaron las normas indicadas, fue una imposición del Fondo Monetario Internacional, como condición para facilitar nuevos créditos y debía regir para el año 2022; por eso se publicó el lunes 29 de noviembre del 2021. El entonces ministro de Finanzas Simón Cueva Armijos, reconoció que este cuerpo legal debería recaudar, con nuevos impuestos, USD 1.900 millones de dólares en el año 2022.

No obstante, a raíz de la renuncia del referido ministro, diario El Comercio, del miércoles 6 de julio del 2022, pág. 12, en su editorial, daba cuenta que con ese instrumento había recaudado, en el primer semestre de este año, USD 1.361 millones adicionales a lo obtenido en el 2021. Situación que hacía presumir que el monto anual extraordinario de ingresos tributarios adicionales, en todo el 2022, frisaría los USD 2.722 millones; es decir USD 822 millones de dólares más que los 1.900 millones anunciados como nuevos tributos y exigidos por el Fondo Monetario Internacional para facilitar nuevos créditos.

Cabe indicar que la Asamblea Nacional resolvió derogar esta ley de tantos impuestos en noviembre pasado; pero Lasso vetó el proyecto, en forma total, el 27 de diciembre del 2022, con la finalidad de seguir cobrando más impuestos en el año 2023. Así obtendría USD 2.722 millones de dólares adicionales en impuestos. ¡De este modo, en el 2022 y 2023 el gobierno de Lasso sacará del bolsillo de las familias ecuatorianas un monto sumado de USD 5.444 millones de dólares que pueden servir para pagar obligaciones de deuda y revalorizar los papeles y bonos de deuda externa! ¡Y así, esquilmando al pueblo hasta lo indecible, piensa ganar la consulta del 5 de febrero del 2023!

Pero existe otro hecho muy llamativo. Al mismo rotativo le llamaba la atención que de lo presupuestado en gasto social en ese primer semestre del 2022, sólo se había desembolsado el 39% para salud, en tanto que para educación la transferencia llegaba al 36%, situación que demostraba que el gobierno pretendía ahorrar, a costa de todo tipo de restricciones y sacrificios en atención para el pueblo, como forma adicional para, de manera supuesta, disminuir el déficit, de cualquier manera y al costo social que sea. Y conste que en el año 2022 surgieron ingresos económicos extraordinarios a raíz de la guerra de Rusia contra la OTAN, sobre el terreno de Ucrania, situación que duplicó los ingresos para el país por cada barril de petróleo vendido.

Se puso en el presupuesto el ingreso por barril a 58 dólares, pero gran parte del año fluctuaron entre 115 a 125 dólares. Se exportan 300 mil barriles diarios de promedio. Se ha referido que por cada dólar de incremento del precio de barril de crudo el país recibe 70 millones de dólares adicionales al año. ¿Todo el dinero se está destinado al pago de la deuda externa y para la revalorización de los papeles de deuda ampliando las ganancias de los acreedores del país? ¿Qué banqueros y políticos del país están vinculados a estos negocios redondos cuya información se oculta en forma celosa? ¡Todas las decisiones de este gobierno proclamado, y nunca transparentemente elegido, están orientadas a favorecer a los círculos financieros y a las multinacionales, a los que se debe, en forma idéntica a los gobiernos precedentes! 


¿QUIENES PERMITIERON LA VIGENCIA DE ESTA LEY

En la sesión del 26 de noviembre del 2021, la asambleísta de Pachakutik por la Provincia de  Bolívar, Mireya Pazmiño, mocionó, de conformidad con la Ley Orgánica de la Función Legislativa, ARCHIVAR y NEGAR esta ley para evitar la descomunal carga de impuestos sobre el pueblo, sobre todo de sus capas medias. Al no haberse aprobado mociones fallidas previas de los lassitas y de los correístas, la proponente, con el objetivo que no se publique esta ley, presentó la moción referida, conforme lo establece el Art. 62, inciso penúltimo, del referido cuerpo legal, que dice: “con el voto favorable de la mayoría absoluta, el pleno de la Asamblea Nacional, podrá archivar el proyecto de ley.”

Pero no se aprobó la moción de ARCHIVAR y NEGAR esta ley, como reza la moción, porque el bloque de UNES o correístas, con sus 48 miembros, se abstuvieron de respaldar, junto a la bancada lassista, y sumaron 81 votos. ¡Fue un evidente y deliberado acuerdo de correístas con el gobierno para que la ley de publique! Quien dude revise las actas y mire quienes se abstuvieron de archivar o negar la ley.

El gobierno aplicó entonces el último inciso del Art. 62 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, que señala: “Cuando en el plazo de treinta días, la asamblea nacional no apruebe, modifique o niegue el proyecto calificado de urgente en materia económica, la Presidenta o Presidente de la República lo promulgará como decreto ley y ordenará su publicación en el registro oficial.”

A medida que pasaba el tiempo algunos asambleístas de UNES comprendieron los efectos de su votación disciplinada de abstención. Entonces empezaron una campaña publicitaria desesperada de alcance nacional indicando que ellos pedían su derogación. Pero luego que ellos mismo habían permitido la vigencia de esta ley. Las actas, los videos, las grabaciones, los registros electrónicos de cada voto de esta sesión, están documentados. Quien dude puede hacer la constatación de lo indicado.

En forma nada coincidente, a las pocas semanas salía de la prisión Jorge Glas en medio de las declaraciones gubernamentales de que “respeta la independencia de las funciones del Estado” en tanto mucha gente se refería, con argumentos lógicos y evidencias verificables, al sólido acuerdo lassista correísta. ¡Lasso, con muchas evidencias, es el mejor y más fervoroso centinela de Correa y cumplidor de sus leyes, y Correa la carta política de recambio más importante con la que cuenta la oligarquía y las multinacionales para proseguir con la depredación del patrimonio social y nacional de la República del Ecuador! Estos dos hermanos clonados están al servicio del proceso de globalización o dictadura fascista de alcance mundial. ¡Que nadie se llame a engaño! “Por sus obras los conoceréis.”

Enero del 2022.


¡LA PATRIA NI SE VENDE NI SE RINDE!

¡LA PATRIA CON EL ALMA SE DEFIENDE!

¡ESTA PATRIA TIENE QUIEN LA AMA Y LA DEFENDERÁ!

‘VIVA EL ECUADOR LIBRE Y ETERNO!