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lunes, 24 de febrero de 2020

ECUADOR: CINCO PROPUESTAS CLAVES ANTICORRUPCIÓN


 FRAGMENTO DEL PROYECTO DE
LEY ORGÁNICA DE RECUPERACIÓN DEL PATRIMONIO PÚBLICO 
Diego C. Delgado Jara

CINCO ARTÍCULOS Y PROPUESTAS INDISPENSABLES EN LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN PARA CUANDO SE SAQUE A LA DICTADURA CORREISTA-MORENISTA Y DE SUS ALIADOS Y ENCUBRIDORES DEL PODER, ENCARAMADOS CON FRAUDE ELECTORAL


Quienes han robado a la República en forma desaforada y sin fiscalización ni control político de ninguna naturaleza, suponen que mediante los fraudes electorales sucesivos van a poder quedarse con el dinero de la sociedad ecuatoriana sin ningún sobresalto. Por ello defienden a dentelladas el control absoluto del Consejo Nacional Electoral, CNE, y manteniendo intactas las normas que les permiten la manipulación del sistema electrónico del proceso (que les garantice los resultados deseados) para seguir mangoneando la Presidencia de la República y la mayoría de la Asamblea Nacional en la suposición que, de ese modo, las nuevas riquezas mal habidas estarán a buen recaudo y nadie podrá hacerles devolver el producto del pillaje frenético sometido a la sociedad ecuatoriana.

Pero olvidan que el pueblo tiene derecho a recuperar lo robado, el dinero que le han arrebatado y que es indispensable para su sobrevivencia; para su salud, educación, vivienda, vialidad, bienestar, desarrollo productivo y otros aspectos. Los muy “vivos”, o “sapos” como los llama el argot popular, creen que ya nadie les quitará lo asaltado. ¡Pero están muy equivocados! ¡El pueblo saqueado y víctima del mayor pillaje de toda la historia de la República va a defenderse! ¡La sociedad necesita producir “vacunas anti-sapos” y debe difundirlas para que los pobladores comprendan que no todo está perdido, y luche de modo vigoroso para recuperar lo indebidamente sustraído!

El pueblo del Ecuador conoce ya que el robo del fascismo del siglo XXI, y sus aliados, asciende a los 70.000 (setenta mil) millones de dólares, según los cálculos realizados por el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, OCDE, de la Unión Europea, conforme lo difundió diario La Hora, edición del jueves 4 de octubre del 2018, primera página.

Esta colosal cantidad sustraída equivale a lo siguiente: Primero: A más de dos años íntegros del Presupuesto General del Estado ecuatoriano. Segundo: A diez veces el valor del muro que desea construir Donald Trump entre México y los Estados Unidos, estimado en siete mil millones de dólares. Tercero: A 13,33 veces los USD 5.250 millones de dólares del costo total de la reconstrucción y ampliación del Canal de Panamá, para que puedan cruzar los buques Past Panamax, de capacidad de carga de 21 mil containers cada uno. Cuarto: A 8,67 veces el monto total del atraco bancario de 1998 y 1999 cuando su monto se estableció en USD 8.072 millones de dólares, según la documentación recuperada por la “Comisión Investigadora de la Crisis Económica Financiera” creada con el Decreto Ejecutivo 263 del 9 de abril del 2007, conformada por el Eco. Eduardo Valencia Vásquez, presidente de la CFN; el doctor Ramiro Larrea Santos, ex presidente de la Comisión Nacional Anticorrupción; y Mons. Víctor Corral Mantilla, entonces obispo de Riobamba.

¡Ni el correísmo atracador ni el morenismo -su socio encubridor-, ni sus herederos políticos con fraude electoral, sistema electrónico trucado, registros electorales llenos de más de un millón y medio de votantes fantasmas o inexistentes en cada proceso electoral, van a impedir el arrollador y victorioso avance popular cansado del saqueo fascista y la represión globalizadora! ¡Están equivocados los que ha robado y creen a buen recaudo el producto del robo! ¡Por cincuenta años tendrán que explicar el origen de todos sus bienes patrimoniales sus hijos y nietos, agnados y cognados! ¡ESTA PATRIA NO SE RINDE NI SE VENDE! ¡LA PATRIA CON EL ALMA SE DEFIENDE! ¡EL ECUADOR LIBRE VIVIRÁ POR SIGLOS!

PRIMERA PROPUESTA:

DOS GENERACIONES PARA RENDIR CUENTAS DEL MANEJO DE PATRIMONIO PÚBLICO SUSTRAIDO

“Art. 1. Las labores de fiscalización o rendición de cuentas las podrá impulsar, realizar y exigir el Estado ecuatoriano, por cincuenta años, a través de las entidades o autoridades públicas autorizadas legalmente para el efecto, instituciones con capacidad de fiscalización y control político, o a petición fundamentada de cualquier ciudadano, organización popular, gremio profesional, o colectivo cívico, a todos quienes sean hijos y/o nietos, parientes o allegados a cualquier nivel, de quienes hubiesen sido autoridades de alto nivel o hubiesen manejado u ordenado el uso de dineros de fondos públicos a partir de enero del año 2007 en la República del Ecuador. Dicha investigación minuciosa abarcará en forma reiterada a todo el planeta, determinando el origen sustentado de todos los bienes y activos que poseyeren no solo en Ecuador o América Latina, en los paraísos fiscales, centros para esconder dineros de origen ilegal, sino en cualquier rincón del mundo.”

SEGUNDA PROPUESTA:

SANCIÓN ECONÓMICA PARA QUIENES BLANQUEEN DINERO PRODUCTO DEL ROBO AL PUEBLO O ERARIO NACIONAL

“Art. 2.- Quienes de cualquier modo hubiesen facilitado o prestado las siglas o razón jurídica de una empresa, o hubiesen sido socios encubridores o copartícipes en negocios de quienes dispongan inversiones de origen turbio o delincuencial, por ser dinero generado u obtenido con actividades al margen de la ley, más aún de dineros tomados del patrimonio fiscal, perderán dichas inversiones y pagarán una multa equivalente a cinco veces el monto o cantidad de dichos capitales invertidos para camuflar inversiones ilícitas. En caso de existir contratos con el sector público y comprobarse este encubrimiento delincuencial se dará por finiquitado el referido contrato y la parte responsable no tendrá derecho a reclamo de ninguna naturaleza. Esta regulación jurídica o mandato legal formará parte obligatoria de todos los contratos del sector público.”

En todo contrato con el sector público, o en el que existan o estén comprometidos recursos fiscales, para la validez de dicho instrumento, habrá una cláusula obligatoria al respecto, y el Estado podrá iniciar las acciones legales administrativas, civiles o penales que sean pertinentes en cualquier tiempo.”

NOTA: Podría dictarse una norma transitoria complementaria brindando 90 o 180 días para denunciar o reconocer estas circunstancias y evitar ser sancionados con las pérdidas de los contratos y con la multa de cinco veces la cantidad de las inversiones realizadas o encubiertas.

Ejemplo: Si se detectan 100 millones robados al pueblo del Ecuador, y que se hubiesen invertido en la construcción de un puerto como Posorja o en gastos de puerto Bolívar, o puerto de Manta, con las que hubiesen camuflado dichas inversiones o capital de origen ilícito; perderán esos 100 millones producto del robo a las arcas fiscales y tendrán una multa equivalente a cinco veces ese valor, bajo la responsabilidad de quien se prestó al encubrimiento.

El contrato es ley para las partes y quien lo suscribe debe saber las repercusiones a las que deberá atenerse por su asociación ilícita.

Solución: No encubrir a los ladrones de los fondos públicos o generados por asociación ilícita o crimen organizado.

TERCERA PROPUESTA:

LAS CONCESIONES TENDRÁN UN LÍMITE MÁXIMO DEL CIENTO POR CIENTO DE LA GANANCIA Y DISPONDRÁN DE FISCALIZACIÓN CONJUNTA Y VEEDURÍA CIUDADANA

Art. 3.- Toda concesión de obra o de servicios suscrita en el país o de trabajos a realizarse en la República del Ecuador tendrán vigencia jurídica hasta que la ganancia del concesionario llegue al ciento por ciento de su inversión, aspecto que deberá ser cláusula obligatoria en todo contrato de esta materia.”

Para la verificación y cumplimiento riguroso de esta regulación legal existirá una obligatoria fiscalización conjunta entre la empresa contratada, por una parte, y por el Estado de otra, representada por la Contraloría General, así como podrá realizarse veeduría social, ciudadana, de las universidades públicas y privadas así como de los gremios profesionales de todo el país.”

Quienes permitan perjuicios al país por acción u omisión, en estas modalidades de contrato, incluyendo fiscalización, en forma comprobada, y luego del debido proceso, al existir perjuicio a los fondos públicos, jurídicamente responderán por delito de peculado y, de haber mérito legal, por delincuencia organizada o enriquecimiento ilícito.”

COMENTARIO: Ahora se realizan ciertas concesiones en las que existen motivos para suponer que se entregarían beneficios de hasta el 500 por ciento cuando menos, lo que es una forma de auténtico robo concertado y donde puede suponerse que hasta se entrega un porcentaje bajo la mesa para las autoridades que hacen o adjudican la concesión, mientras esta dure, o por lapsos de diez o veinte años.

Hablando de concesiones para construcción de obras públicas conviene recordar que cuando el Consorcio de Firmas Italianas, COFIT, construyó el Puente de la Unidad Nacional, o Puente Mendoza Avilés, el primero sobre el río Guayas, en la década del setenta del siglo anterior, convino que en el cobro del pontazgo o pago por el uso del puente, por parte de la ciudadanía, duraría solo hasta que se recupere la inversión y una razonable ganancia. Ese cobro o descuento se cumplió en ocho años. Algo muy razonable y provechoso para las partes. Si ahora siguen cobrando es por motivos que nada tienen que ver con las cláusulas de ese contrato.

Resulta evidente que si la concesión de esta obra hubiese sido para 16 años la ganancia líquida habría sido del doble. Una eventual concesión para 40 años (cinco veces los ocho años) implicaría una ganancia del 500 por ciento. Por ello, frente a la voracidad de autoridades concertadas, debería existir una norma que limite la ganancia de las concesionarias privadas para elaborar obras públicas. Incluso más justo sería seguir un contrato modelo como el suscrito por el Consorcio de Firmas Italianas, COFIT, para la construcción del puente de la Unidad Nacional. No puede el Estado dejarse saquear por gobiernos concertados con métodos delincuenciales o tremendamente perjudiciales al interés público.

CUARTA PROPUESTA:

SIN DEVOLUCIÓN DEL DINERO SUSTRAÍDO AL FISCO NO HABRÁ SALIDA DE LA PRISIÓN

Art. 4. Quienes hubiesen sido enjuiciados y condenados por delincuencia organizada, peculado, enriquecimiento ilícito o cualquier delito de perjuicio patrimonial a la República y a sus finanzas, una vez cumplida su sentencia, podrán abandonar en forma inmediata el centro de detención tan pronto cuanto hubiesen devuelto el monto completo del perjuicio ocasionado al patrimonio del pueblo ecuatoriano.”

QUINTA PROPUESTA:

LOS FISCALES Y JUECES QUE EN FORMA NOTORIA PERJUDICAREN AL ESTADO RESPONDERÁN POR SU PROCEDER ILEGAL CON SU PATRIMONIO ACTUAL Y FUTURO

Art. 5. Los fiscales y jueces que en forma maliciosa, notoria y comprobada, actuando contra leyes expresas, luego del debido proceso, fuesen declarados culpables de exonerar de evidentes responsabilidades jurídicas a personas, empresas o entidades de cualquier género, al Estado ecuatoriano y a su patrimonio, responderán por su proceder ilícito, con la fundamentación y sustento del caso, con las figuras y responsabilidades jurídicas de prevaricato, peculado, delincuencia organizada, o enriquecimiento ilícito, y también responderán, de haber mérito para ello, con su patrimonio actual y futuro el perjuicio ocasionado a la sociedad ecuatoriana y a la República.”

¡LA PATRIA NI SE VENDE NI SE RINDE!
¡LA PATRIA CON EL ALMA SE DEFIENDE!
¡VIVA EL ECUADOR LIBRE Y ETERNO!

Febrero del 2020.

3 comentarios:

  1. JUECES VENDIDOS, PARA SIEMPRE FUERA QUE SE RETIRE EL REGISTRO EN EL SENECIT Y LA CÁRCEL POR SUPUESTO....Y EL EMBARGO DE SUS BIENES.

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  2. Señor Doctor
    Diego Delgado:

    Ha olvidado lo esencial,la purga total de jueces y fiscales, son soldados zombiez impuesto por Jalk la forma de limpiar, fácil, muy fácil emplear el mismo sistema de evaluación que uso Jalk, solo con analizar el tiempo que durmieron los procesos en los esritorios de los operadores de justicia, violentando los principios de Celeridad Art.20 COFJ,debida diligencia Art. 172 CRE.

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  3. Creo que son propuestas concretas y viables que deberían set impulsadas por las organizaciones Sociales y Populares como iniciativas legislatives desde la ciudadanía.

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