FRAGMENTO
DEL PROYECTO DE
LEY ORGÁNICA DE RECUPERACIÓN DEL PATRIMONIO PÚBLICO
Diego C. Delgado Jara
CINCO ARTÍCULOS Y PROPUESTAS INDISPENSABLES EN LA LUCHA CONTRA LA
CORRUPCIÓN PARA CUANDO SE SAQUE A LA DICTADURA CORREISTA-MORENISTA Y DE SUS
ALIADOS Y ENCUBRIDORES DEL PODER, ENCARAMADOS CON FRAUDE ELECTORAL
Quienes han robado a la República en forma
desaforada y sin fiscalización ni control político de ninguna naturaleza,
suponen que mediante los fraudes electorales sucesivos van a poder quedarse con
el dinero de la sociedad ecuatoriana sin ningún sobresalto. Por ello defienden
a dentelladas el control absoluto del Consejo Nacional Electoral, CNE, y
manteniendo intactas las normas que les permiten la manipulación del sistema
electrónico del proceso (que les garantice los resultados deseados) para seguir
mangoneando la Presidencia de la República y la mayoría de la Asamblea Nacional
en la suposición que, de ese modo, las nuevas riquezas mal habidas estarán a
buen recaudo y nadie podrá hacerles devolver el producto del pillaje frenético
sometido a la sociedad ecuatoriana.
Pero olvidan que el pueblo tiene derecho a
recuperar lo robado, el dinero que le han arrebatado y que es indispensable
para su sobrevivencia; para su salud, educación, vivienda, vialidad, bienestar,
desarrollo productivo y otros aspectos. Los muy “vivos”, o “sapos” como los
llama el argot popular, creen que ya nadie les quitará lo asaltado. ¡Pero están
muy equivocados! ¡El pueblo saqueado y víctima del mayor pillaje de toda la historia
de la República va a defenderse! ¡La sociedad necesita producir “vacunas
anti-sapos” y debe difundirlas para que los pobladores comprendan que no todo
está perdido, y luche de modo vigoroso para recuperar lo indebidamente sustraído!
El pueblo del Ecuador conoce ya que el robo del
fascismo del siglo XXI, y sus aliados, asciende a los 70.000 (setenta mil)
millones de dólares, según los cálculos realizados por el Banco Interamericano
de Desarrollo, BID, y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económico, OCDE, de la Unión Europea, conforme lo difundió diario La Hora,
edición del jueves 4 de octubre del 2018, primera página.
Esta colosal cantidad sustraída equivale a lo
siguiente: Primero: A más de dos
años íntegros del Presupuesto General del Estado ecuatoriano. Segundo: A diez veces el valor del muro
que desea construir Donald Trump entre México y los Estados Unidos, estimado en
siete mil millones de dólares. Tercero:
A 13,33 veces los USD 5.250 millones de dólares del costo total de la
reconstrucción y ampliación del Canal de Panamá, para que puedan cruzar los
buques Past Panamax, de capacidad de carga de 21 mil containers cada uno. Cuarto:
A 8,67 veces el monto total del atraco bancario de 1998 y 1999 cuando su monto
se estableció en USD 8.072 millones de dólares, según la documentación
recuperada por la “Comisión Investigadora de la Crisis Económica Financiera”
creada con el Decreto Ejecutivo 263 del 9 de abril del 2007, conformada por el
Eco. Eduardo Valencia Vásquez, presidente de la CFN; el doctor Ramiro Larrea
Santos, ex presidente de la Comisión Nacional Anticorrupción; y Mons. Víctor
Corral Mantilla, entonces obispo de Riobamba.
¡Ni el correísmo atracador ni el morenismo -su
socio encubridor-, ni sus herederos políticos con fraude electoral, sistema
electrónico trucado, registros electorales llenos de más de un millón y medio
de votantes fantasmas o inexistentes en cada proceso electoral, van a impedir
el arrollador y victorioso avance popular cansado del saqueo fascista y la
represión globalizadora! ¡Están equivocados los que ha robado y creen a buen
recaudo el producto del robo! ¡Por cincuenta años tendrán que explicar el
origen de todos sus bienes patrimoniales sus hijos y nietos, agnados y
cognados! ¡ESTA PATRIA NO SE RINDE NI SE VENDE! ¡LA PATRIA CON EL ALMA SE
DEFIENDE! ¡EL ECUADOR LIBRE VIVIRÁ POR SIGLOS!
PRIMERA PROPUESTA:
DOS GENERACIONES PARA RENDIR CUENTAS DEL MANEJO DE PATRIMONIO PÚBLICO
SUSTRAIDO
“Art. 1.
Las labores de fiscalización o rendición de cuentas las podrá impulsar,
realizar y exigir el Estado ecuatoriano, por cincuenta años, a través de las
entidades o autoridades públicas autorizadas legalmente para el efecto,
instituciones con capacidad de fiscalización y control político, o a petición
fundamentada de cualquier ciudadano, organización popular, gremio profesional,
o colectivo cívico, a todos quienes sean hijos y/o nietos, parientes o
allegados a cualquier nivel, de quienes hubiesen sido autoridades de alto nivel
o hubiesen manejado u ordenado el uso de dineros de fondos públicos a partir de
enero del año 2007 en la República del Ecuador. Dicha investigación minuciosa abarcará en forma reiterada a todo el
planeta, determinando el origen sustentado de todos los bienes y activos que
poseyeren no solo en Ecuador o América Latina, en los paraísos fiscales,
centros para esconder dineros de origen ilegal, sino en cualquier rincón del
mundo.”
SEGUNDA PROPUESTA:
SANCIÓN ECONÓMICA PARA QUIENES BLANQUEEN DINERO
PRODUCTO DEL ROBO AL PUEBLO O ERARIO NACIONAL
“Art. 2.-
Quienes de cualquier modo hubiesen
facilitado o prestado las siglas o razón jurídica de una empresa, o hubiesen
sido socios encubridores o copartícipes en negocios de quienes dispongan
inversiones de origen turbio o delincuencial, por ser dinero generado u
obtenido con actividades al margen de la ley, más aún de dineros tomados del
patrimonio fiscal, perderán dichas inversiones y pagarán una multa equivalente
a cinco veces el monto o cantidad de dichos capitales invertidos para camuflar
inversiones ilícitas. En caso de existir contratos con el sector público
y comprobarse este encubrimiento delincuencial se dará por finiquitado el
referido contrato y la parte responsable no tendrá derecho a reclamo de ninguna
naturaleza. Esta regulación jurídica o mandato legal formará parte
obligatoria de todos los contratos del sector público.”
“En
todo contrato con el sector público, o en el que existan o estén comprometidos
recursos fiscales, para la validez de dicho instrumento, habrá una cláusula
obligatoria al respecto, y el Estado podrá iniciar las acciones legales
administrativas, civiles o penales que sean pertinentes en cualquier tiempo.”
NOTA: Podría dictarse una norma transitoria
complementaria brindando 90 o 180 días para denunciar o reconocer estas
circunstancias y evitar ser sancionados con las pérdidas de los contratos y con
la multa de cinco veces la cantidad de las inversiones realizadas o encubiertas.
Ejemplo: Si se detectan 100 millones robados al pueblo
del Ecuador, y que se hubiesen invertido en la construcción de un puerto como
Posorja o en gastos de puerto Bolívar, o puerto de Manta, con las que hubiesen
camuflado dichas inversiones o capital de origen ilícito; perderán esos 100
millones producto del robo a las arcas fiscales y tendrán una multa equivalente
a cinco veces ese valor, bajo la responsabilidad de quien se prestó al
encubrimiento.
El contrato es ley para las partes y quien lo
suscribe debe saber las repercusiones a las que deberá atenerse por su
asociación ilícita.
Solución: No encubrir a los ladrones de los fondos
públicos o generados por asociación ilícita o crimen organizado.
TERCERA PROPUESTA:
LAS CONCESIONES TENDRÁN UN LÍMITE MÁXIMO DEL CIENTO POR CIENTO DE LA
GANANCIA Y DISPONDRÁN DE FISCALIZACIÓN CONJUNTA Y VEEDURÍA CIUDADANA
“Art. 3.-
Toda concesión de obra o de servicios suscrita en el país o de trabajos a
realizarse en la República del Ecuador tendrán vigencia jurídica hasta que la
ganancia del concesionario llegue al ciento por ciento de su inversión, aspecto
que deberá ser cláusula obligatoria en todo contrato de esta materia.”
“Para la
verificación y cumplimiento riguroso de esta regulación legal existirá una obligatoria
fiscalización conjunta entre la empresa contratada, por una parte, y por el
Estado de otra, representada por la Contraloría General, así como podrá
realizarse veeduría social, ciudadana, de las universidades públicas y privadas
así como de los gremios profesionales de todo el país.”
“Quienes
permitan perjuicios al país por acción u omisión, en estas modalidades de
contrato, incluyendo fiscalización, en forma comprobada, y luego del debido
proceso, al existir perjuicio a los fondos públicos, jurídicamente responderán
por delito de peculado y, de haber mérito legal, por delincuencia organizada o
enriquecimiento ilícito.”
COMENTARIO: Ahora se realizan ciertas
concesiones en las que existen motivos para suponer que se entregarían
beneficios de hasta el 500 por ciento cuando menos, lo que es una forma de
auténtico robo concertado y donde puede suponerse que hasta se entrega un
porcentaje bajo la mesa para las autoridades que hacen o adjudican la
concesión, mientras esta dure, o por lapsos de diez o veinte años.
Hablando de concesiones para construcción de
obras públicas conviene recordar que cuando el Consorcio de Firmas Italianas,
COFIT, construyó el Puente de la Unidad Nacional, o Puente Mendoza Avilés, el
primero sobre el río Guayas, en la década del setenta del siglo anterior,
convino que en el cobro del pontazgo o pago por el uso del puente, por parte de
la ciudadanía, duraría solo hasta que se recupere la inversión y una razonable
ganancia. Ese cobro o descuento se cumplió en ocho años. Algo muy razonable y
provechoso para las partes. Si ahora siguen cobrando es por motivos que nada
tienen que ver con las cláusulas de ese contrato.
Resulta evidente que si la concesión de esta
obra hubiese sido para 16 años la ganancia líquida habría sido del doble. Una
eventual concesión para 40 años (cinco veces los ocho años) implicaría una ganancia
del 500 por ciento. Por ello, frente a la voracidad de autoridades concertadas,
debería existir una norma que limite la ganancia de las concesionarias privadas
para elaborar obras públicas. Incluso más justo sería seguir un contrato modelo
como el suscrito por el Consorcio de Firmas Italianas, COFIT, para la
construcción del puente de la Unidad Nacional. No puede el Estado dejarse
saquear por gobiernos concertados con métodos delincuenciales o tremendamente
perjudiciales al interés público.
CUARTA PROPUESTA:
SIN DEVOLUCIÓN DEL DINERO SUSTRAÍDO AL FISCO NO HABRÁ SALIDA DE LA
PRISIÓN
“Art. 4.
Quienes hubiesen sido enjuiciados y
condenados por delincuencia organizada, peculado, enriquecimiento ilícito o
cualquier delito de perjuicio patrimonial a la República y a sus finanzas, una
vez cumplida su sentencia, podrán abandonar en forma inmediata el centro de
detención tan pronto cuanto hubiesen devuelto el monto completo del perjuicio
ocasionado al patrimonio del pueblo ecuatoriano.”
QUINTA PROPUESTA:
LOS FISCALES Y JUECES QUE EN FORMA NOTORIA PERJUDICAREN AL ESTADO
RESPONDERÁN POR SU PROCEDER ILEGAL CON SU PATRIMONIO ACTUAL Y FUTURO
“Art. 5.
Los fiscales y jueces que en forma maliciosa, notoria y comprobada, actuando
contra leyes expresas, luego del debido proceso, fuesen declarados culpables de
exonerar de evidentes responsabilidades jurídicas a personas, empresas o entidades
de cualquier género, al Estado ecuatoriano y a su patrimonio, responderán por
su proceder ilícito, con la fundamentación y sustento del caso, con las figuras
y responsabilidades jurídicas de prevaricato, peculado, delincuencia
organizada, o enriquecimiento ilícito, y también responderán, de haber mérito
para ello, con su patrimonio actual y futuro el perjuicio ocasionado a la
sociedad ecuatoriana y a la República.”
¡LA
PATRIA NI SE VENDE NI SE RINDE!
¡LA
PATRIA CON EL ALMA SE DEFIENDE!
¡VIVA
EL ECUADOR LIBRE Y ETERNO!
Febrero del 2020.
JUECES VENDIDOS, PARA SIEMPRE FUERA QUE SE RETIRE EL REGISTRO EN EL SENECIT Y LA CÁRCEL POR SUPUESTO....Y EL EMBARGO DE SUS BIENES.
ResponderBorrarSeñor Doctor
ResponderBorrarDiego Delgado:
Ha olvidado lo esencial,la purga total de jueces y fiscales, son soldados zombiez impuesto por Jalk la forma de limpiar, fácil, muy fácil emplear el mismo sistema de evaluación que uso Jalk, solo con analizar el tiempo que durmieron los procesos en los esritorios de los operadores de justicia, violentando los principios de Celeridad Art.20 COFJ,debida diligencia Art. 172 CRE.
Creo que son propuestas concretas y viables que deberían set impulsadas por las organizaciones Sociales y Populares como iniciativas legislatives desde la ciudadanía.
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