LO QUE NO DEBE, NO PUEDE PAGARSE
I. LO QUE DICE LA DOCTRINA JURÍDICA
1. Existe la llamada deuda ilegítima, odiosa o execrable, sobre todo de carácter externo, y que según el célebre economista Jeff King “es aquella deuda externa contraída contra los intereses de la población de un país y con el completo conocimiento del acreedor”, advirtiendo además que cuando es creada o utilizada “contra los intereses de los ciudadanos del país, no tiene por qué ser pagada y por lo tanto no es exigible su devolución ya que los prestatarios habrían actuado de mala fe, a sabiendas, y por lo tanto dichos contratos -bonos o contratos comerciales- son nulos legalmente.” Muchos de esos convenios resultan actos colusorios o de asociación ilícita o dolosa, de dos partes, para perjudicar a un tercero, que es el pueblo, quien resulta víctima indefensa de estos acuerdos infames.
2. “Tales deudas podrían considerarse personales debiendo responder quienes las hayan contratado a título personal -sea el monarca, el presidente, el director del banco central nacional y los ministros correspondientes- y no el Estado en su conjunto y por lo tanto sus ciudadanos”, enfatiza. Lo que tiene mucha lógica pues el representante o mandatario debe proteger los intereses de sus representados o mandantes, en ningún caso lesionar su patrimonio en forma deliberada o maliciosa. Los compromisos perversos, adquiridos por un mandatario pernicioso para quebrar a sus representados resulta ilícito, doloso, nulo y un acto delincuencial punible.
3. La Enciclopedia Libre (puede mirarse en Wikipedia) advierte: “Esta Doctrina está presente en la discusión sobre la obligación de pago de la deuda externa en aquellos países donde han existido dictaduras, monarquías absolutas, gobiernos no representativos e incluso gobiernos elegidos democráticamente que han contraído deudas a espaldas de sus ciudadanos, sin su consentimiento y con fines de enriquecimiento personal, enriquecimiento corporativo, para la represión social y política y, en todo caso, contra los intereses de los propios ciudadanos.”
II. LA CONCEPCIÓN DEL TRATADISTA ALEXANDER SACK
El jurista ruso Alexander Nahum Sack, docente de universidades europeas, sobre todo de Francia, y de los EE. UU., profesor de derecho internacional, con especialización en Finanzas Públicas, estableció en 1927 las tres características objetivas de la deuda ilegítima, execrable u odiosa, y que han sido reconocidas en muchas academias, universidades y entidades del mundo:
“1. El gobierno de un país recibe un préstamo sin el conocimiento ni la aprobación de los ciudadanos.”
“2. El préstamo se destina a actividades no beneficiosas para el pueblo.”
“3. Aunque el prestamista está informado de la situación descrita en los puntos anteriores concede el préstamo -normalmente por el alto interés que recibirá-.”
Que una deuda LEGÍTIMA y bien utilizada se pague es lo obvio, lo indiscutible y lo correcto. Es lo justo e incuestionable. Pero, con idéntica lógica, ¿debe pagarse el crédito que pide un gobierno corrupto, en forma ilegítima, a espaldas de la ciudadanía, sin que ella se entere, para hacer obras innecesarias, sin ninguna planificación, o con sobreprecio para robar o perjudicar al pueblo que dice representar y al que luego se pretenderá endosar esa obligación y los onerosos e injustificados pagos correspondientes? ¡Allí el asunto es muy distinto!
Buena parte de las obras realizadas en Ecuador durante el gobierno de Rafael Correa (2007-2017), con créditos de muy elevados e injustificados intereses, de la República Popular China, han servido para las más graves irregularidades, además que han participado sobre todo compañías del mismo país prestamista. (Situción que permite el reenvío acelerado de esos fondos al país de origen.) Demos un ejemplo concreto. Con un préstamo del Banco de Desarrollo Chino (CDB) se construyó la plataforma financiera ubicada entre las avenidas Amazonas y Naciones Unidas al Norte de Quito. Cuando se firmó el contrato la obra valía 79 millones de dólares, pero cuando se inauguró este edificio, en mayo del 2017, Rafael Correa admitió que su costo era de 225 millones y que su edificación estuvo a cargo de la empresa china CAMC Engineering. (El Universo, domingo 15 de octubre del 2017, p. 3.) En ese mega edificio y mega sobre precio jamás fiscalizado por su mayoría legislativa adicta, debería funcionar el Ministerio de Finanzas, el SRI, el Banco Central, Aduana e Inmobiliar, entidades que ya poseían sus propios y funcionales edificios.
El actual gobierno del Ecuador tiene la obligación cívica, moral y jurídica de investigar el verdadero valor de todas las obras planteadas, gestionadas o coordinadas por Rafael Correa y Jorge Glas, y que fueron financiadas por la República Popular China o cualquier otro prestamista, empezando por la debida valoración y adecuada operatividad técnica de las centrales hidroeléctricas. Es más, existen denuncias serias que muchas de ellas se realizaron sin ninguna planificación.
No puede el pueblo esquilmado del Ecuador pagar los montos sustraídos, de auténticas deudas ilegitimas y hasta escandalosos actos colusorios, bajo la apariencia de préstamos de gobierno a gobierno. ¿Es justo y ético hacerle pagar a una población empobrecida y saqueada los montos que han servido para una corrupción desenfrenada o para su represión (hasta los infames grilletes en contra de ciudadanos ejemplares como Fernando Villavicencio o Cléver Jiménez) como las denunciadas con dineros pedidos a la República Popular China?
¿Por qué el Ecuador no investiga y fiscaliza, con la mayor seriedad e idoneidad, el verdadero valor de las obras referidas y que suman muchos miles de millones de dólares, entre otras, así como solicita información oficial de todos los dineros depositados en la China y en Hong Kong, y otros países, por autoridades o ciudadanos del Ecuador, que en forma directa o con testaferros, o con procedimientos codificados, pudiesen tener en dichos lugares y que incluso podrían servir para el pago de deudas legítimas?
La República del Ecuador también debería pedir información oficial de dineros depositados en Qatar, Bielorrusia, Rusia, Irán, Tailandia, Singapur, Suiza, Holanda, Bélgica, Estados Unidos, y otros posibles destinos de dineros o incluso de lingotes de oro, y otras potenciales riquezas originadas con recursos patrimoniales del pueblo ecuatoriano. ¡No pueden los más grandes delincuentes de la historia republicana quedar protegidos por un manto de impunidad organizada por ellos mismo!
III. LOS REQUISITOS PARA IMPUGNAR LA DEUDA ILEGÍTIMA SE HAN CUMPLIDO
Los tres requisitos objetivos de la deuda ILEGÍTIMA formulados por el jurista Alexander Sack se han cumplido de manera rotunda en el caso de la deuda pública del Ecuador. Demostrémoslo:
PRIMER REQUISITO:
Respecto al primer elemento, esto es que el gobierno de un país reciba un préstamo sin el conocimiento ni la aprobación de los ciudadanos, la mejor prueba está en el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, propuesto por Rafael Correa y aprobado por su bloque legislativo de origen electoral turbio, publicado en el 2do. Suplemento del R. O. del 22 de octubre del 2010, donde en su Art. 137 expresamente garantiza y obliga al secretismo del manejo de la deuda, para que la ciudadanía no se entere de la misma, cuando permite que “los respectivos actos, contratos, convenios o documentación serán declarados secretos y reservados por aquel Ministerio (de Finanzas).”
No solo que el secreto total sobre la deuda pública contraída por Correa está comprobado por norma expresa -todavía vigente- impulsada por el mismo, sino que, para redondear el secretismo, en el Art. 138 de ese mismo Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, se creó el “Comité de Deuda y Financiamiento”, presidida y controlada en forma absoluta por el propio presidente o su delegado y dos funcionarios nombrados por él mismo: el ministro de Finanzas y el secretario nacional de Planificación y Desarrollo, o su delegado. Todo lo que hizo Correa, con la ayuda de mayorías legislativas de dudosa elección, tuvo el objetivo de ocultar la información y actuar a espaldas del pueblo ecuatoriano. ¡Aquí no caben dudas y quien guarde la menor sospecha lo puede constatar en las normas aludidas! ¡Por favor verifíquenlo para que salgan de dudas!
El ocultamiento del manejo de la deuda llegó a tal extremo que el gobierno de Correa difundió en forma masiva que la deuda total del sector público llegaba a los 28 mil millones de dólares en mayo del 2017, mientras en el informe público de su sucesor, Lenin Moreno, del 28 de julio del 2017, reconoce que la deuda pública dejada por Correa llegaba a los USD 57.788 millones, lo que evidenciaba el grosero maquillaje y falsedad de las cifras. (Vistazo 1199, del 3 de agosto del 2017, pág. 7.) ¡Casi treinta mil millones de dólares de diferencia en los cálculos!
Lenin Moreno reconoce que debe pagar en el 2018 y en algunos años sucesivos, unos diez mil millones de dólares por año. La misma revista Vistazo verificaba que toda la deuda pública del Ecuador en diciembre del 2009 llegaba a los USD 10.235 millones; lo que ahora se pagaría en su totalidad cada año. ¡Podríamos ya no tener ninguna deuda externa y más todavía cuando los precios del barril subirían en los años siguientes a más de cien dólares el barril! ¡Pero eso no es todo!
Muchos analistas consideran que el verdadero monto de la deuda pública estaría sobre los 70 u 80 mil millones de dólares, y que no están bien contabilizados los más de 18.400 millones tomados de la Seguridad Social (del IESS), los 8,012 del Banco Central del Ecuador y el verdadero monto del dinero recibido como supuesta “venta anticipada de petróleo” siendo en realidad créditos (ya gastados con antelación por Correa) con la garantía de pago de crudo mediante compromisos a 14 dólares el barril y cuando el precio real, a la fecha de las firmas de 13 contratos, se hallaba en 75 dólares. Hablamos de una diferencia de 61 dólares por barril en las preventas petroleras y que llegaron a los 1.310 millones de barriles. (Véase El Universo, del lunes 11 de diciembre del 2017, págs. 1 y 2.) ¡Todo debe investigarse porque todo se ha ocultado al país y mediante leyes infames!
SEGUNDO REQUISITO
En torno al segundo requisito, esto es que al monto de los préstamos que se hubiesen destinado a actividades no beneficiosas para el pueblo, es evidente que los negociados o cuando menos los sobreprecios comprobados no solo que ahora recién empieza a conocer el Ecuador (porque todo estuvo ocultado por Correa), sino que, se deduce, antes lo sabían a la perfección las autoridades prestamistas de la propia República Popular China, conforme lo pasamos a demostrar:
El ex ministro de Seguridad Pública, ex vicepresidente de la Comisión Militar Central, ex número 9 del Comité Permanente del Politburó durante el gobierno del ex mandatario chino Hu Jintao, y ex gerente de la CNPC (China National Petroleum Corporation), Zhou Yongkang, que tenía nexos en materia de inversiones en petróleo con el Ecuador, está preso y con condena a muerte en la China, y para estudiar y verificar sus responsabilidades, llegó al Ecuador, el 4 de agosto del 2014, una comisión auditora de los contratos con China al más alto nivel “para revisar los proyectos”, la misma que permaneció dos semanas en el país y pidió copias de todos los convenios suscritos al vicepresidente Jorge Glas. (Ver Vistazo 1129, del 4 de septiembre del 2014, págs. 28 a 30, y al artículo “La sonrisa del Vicepresidente”, pág. 21, del mismo número.)
El otro dirigente y funcionario chino preso es Zhang Kunsheng, ministro asistente de Relaciones Exteriores, principal responsable para coordinar actividades e inversiones en Latinoamérica y El Caribe, conforme lo publicó Expreso, del sábado 3 de enero del 2015, pág. 12, quien visitó Ecuador en agosto del 2011. Era investigado por sospechas de corrupción. Cabe preguntarse: ¿Si tan honorables eran sus actividades (donde la presumible contraparte era el Ecuador, representado por sus autoridades de Alianza País), por qué están presos por corrupción, o como eufemísticamente llaman “sospechas de violación disciplinaria”? Si las faltas eran “menores” ¿cómo así se condena a uno de ellos a la pena de muerte? ¿No podría la Contraloría solicitar, a través de la Cancillería, toda la información que en el Ecuador ocultó el régimen de Rafael Correa? ¿Cuáles eran los negocios, tratativas o montos que tenían o buscaban con nuestro país?
TERCER REQUISITO
El tercer elemento para configurar una DEUDA ILEGÍTIMA, EXECRABLE U ODIOSA, es la conducta del prestamista que bien informado de la situación descrita en los puntos anteriores, a pesar de ello, conociendo todas estas circunstancias irregulares o escandalosas descritas, concede el préstamo por los altos intereses que recibirá y está ansioso por lucrar. ¿No se conoció en forma extraoficial que varios créditos que obtuvo el Ecuador, durante la administración de Rafael Correa, superaban los 8,5 % y hasta los 10,5 %, que los ubicaban entre los más costosos del planeta? ¿No existieron altos “comisionados” y jugosas “comisiones” entre los “contactos” financieros? ¡Todo debe indagarse y hacerlo conocer al país, con nombres y apellidos!
IV. PRECEDENTES HISTÓRICOS DEL NO PAGO DE DEUDAS ILEGÍTIMAS
Recordemos que Estados Unidos nunca pagó la deuda de Iraq luego de su invasión en el 2003, alegando que esos créditos anteriores no beneficiaron sino reprimieron a ese pueblo, y dicha decisión no tuvo consecuencias económicas ni financieras. Benito Juárez se negó a pagar las deudas contraídas desde 1864 por Maximiliano I de Francia, a raíz que lo instalaron en el poder de México las monarquías europeas. No solo que los patriotas mexicanos no pagaron deudas ilegítimas sino que fusilaron al emperador francés junto a sus generales Miguel Miramón y Tomás Mejía, en el Cerro de Campanas, el 19 de junio de 1867, luego que el pueblo de México levantado en armas se tomó el bastión de Querétaro.
En junio de 1821 el general José de San Martín se negó a pagar las deudas del Virreinato de Lima, porque alegó que sirvieron para que los realistas compren armas para matar patriotas y combatientes contra el colonialismo español, lo que volvía inaceptable, ominoso e injusto su reembolso, porque además quienes facilitaron créditos sabían a la perfección cuál era su destino. En 1923, mediante Laudo Arbitral de William H. Taft, ex magistrado de la Corte Suprema de los EE. UU., se exoneró de obligaciones a Costa Rica, y estableció que una demanda del Royal Bank of Canadá, debía pagar en forma personal el ex presidente Federico Tinoco Granados, “porque adquirió obligaciones violando normas internas de Costa Rica”, y eso muy bien lo sabía el prestamista, que solo consideraba los jugosos intereses. Hay muchos otros ejemplos.
V. ¿QUÉ DEBEMOS HACER EN EL ECUADOR?
¡Para empezar Ecuador debería solicitar la suspensión de pagos hasta aclarar esta grave situación de haber pedido dinero a nombre de la Republica para averiguar quiénes se embolsicaron buena parte de dichos fondos por parte de una gavilla delincuencial organizada para atracar nuestra bella y bendita Patria! ¡Y eso lo sabían a la perfección quienes autorizaron y dieron el dinero de esos préstamos amarrados, e incluso pudieron haber compartido dichos beneficios ilícitos!
En segundo lugar, deberá aplicarse lo determinado en el Art. 290, numeral 5, de la Constitución de la República vigente, que establece que “Se procederá a la impugnación de las deudas que se declaren ilegítimas por organismo competente. En caso de ilegalidad declarada, se ejercerá el derecho de repetición.” Deben las autoridades correspondientes, a nombre de la República y como sus representantes legales, exigir judicialmente la transparencia, honorabilidad y legitimidad de los pagos. ¡La deuda legítima nadie puede impugnar, pero la deuda ilegitima conllevaría a un pago ilegítimo e indebido, que no puede obligar ni moral ni legalmente a una sociedad saqueada hasta el cansancio! ¡A la República Popular China también le interesa conocer la verdad de estos manejos, detectar a los involucrados (que no solo pueden ser de un país), y más aún cuando se presume que parte de los dineros mal habidos también podrían reposar en bancos de ese país!
En tercer lugar, y como parte de nuestra política interna, las actuales autoridades del país deberían establecer si los créditos chinos están vinculados a la entrega por parte del gobierno de Rafael Correa y del fascismo del siglo XXI, del petróleo y las minas más importantes para las corporaciones chinas. Una buena tajada de la producción petrolera se llevan las multinacionales de ese país: Petrochina, Petroriente, Andes Petroleum, Sinopec. Entre las corporaciones mineras chinas tenemos a la Junefield y Tongling Nonferrus, que tienen a su cargo las minas de Panantza San Carlos, con 14 mil millones de libras de cobre, la segunda mayor reserva del planeta, en la provincia amazónica de Morona Santiago. Tienen, del mismo modo, la mina Mirador, en la provincia amazónica de Zamora Chinchipe, con 6.700 millones de onzas de cobre, 3,2 millones de onzas de oro, y 25 millones de onzas de plata. Están en sus miras las tres minas de oro de la provincia del Azuay: Quimsacocha (Loma Larga), Río Blanco, y Gaby. ¡No puede una República soberana perder impunemente su patrimonio social y nacional!
¡El pueblo del Ecuador no puede sustituir ni justificar jamás, ni moral ni jurídicamente, peor con su sacrificio ominoso, el dinero sustraído por una gavilla de malandrines sin precedentes en nuestra historia republicana! ¡Todos los delincuentes presos del país, con absoluta certeza, no se habrán apoderado -algunos hasta por desocupación y hambre extrema- de una millonésima parte de lo atracado por la plana mayor de ARRANCHA PAÍS! ¡Las deudas ilegítimas no las pueden pagar los pueblos, peor si han sido esquilmados en forma inconcebible por malhechores que organizaron su propia impunidad merced al control del país con el soporte de procesos electorales absolutamente turbios y hasta fraudulentos!
¡LA PATRIA NI SE VENDE NI SE RINDE!
¡LA PATRIA CON EL ALMA SE DEFIENDE!
¡VIVA EL ECUADOR LIBRE Y ETERNO!
Quito, diciembre del 2017.
Muy buena la exposición del Dr Diego Delgado , pero no hay que olvidarse que esa rata entró al poder con el voto de el y sus coidearios socioslistos, o no, y no me vengan que se equivocaron, pobre mi Ecuador Eterno.
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